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- La Profeco informa a los consumidores para que no sean sorprendidos
México, D.F., 7 de julio 2015.- (aguzados.com).- La publicación de la “Carta de Derechos Mínimos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones” reduce la desigualdad informativa entre consumidores y proveedores, pero además facilita el conocimiento de los derechos del usuario y permite ejercer el derecho a la información por parte de las y los consumidores.
Al señalar lo anterior, Lorena Martínez, Procuradora Federal del Consumidor (Profeco), resaltó la obligación que ahora tienen los proveedores de entregar dicha carta a consumidores, así como el compromiso de publicar el contenido de la misma en portales de proveedores y de instituciones como Profeco e IFT.
Asimismo, la defensora del consumidor consideró que la importancia de publicar esta carta radica en que en un solo instrumento se resume la mayor parte de los derechos de usuarios de telecomunicaciones que se establecen tanto en la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) como en la Ley Federal Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).
A continuación se reproduce dicho documento para que los lectores de www.aguzados.com estén debidamente informados.
ACUERDO
ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 191 de la LFTR, la Procuraduría Federal del Consumidor y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, proceden a determinar los derechos mínimos de la carta en los siguientes términos:
"CARTA DE DERECHOS MÍNIMOS DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE
TELECOMUNICACIONES
COMO USUARIO DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES (1) ESTOS SON TUS PRINCIPALES DERECHOS:
I. LIBERTAD DE ELEGIR.
1. Libre elección.
TÚ TIENES DERECHO a elegir libremente el servicio o servicios que quieras contratar, el proveedor que te lo proporcionará, el equipo o dispositivo que utilizarás (ejemplo celular, televisión, tableta, etc.), el plan y medio de pago que tendrás. (2)
La información, promoción y/o publicidad deben ser oportunas, completas, claras, comprobables, veraces, y exentas de textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que te induzcan o puedan inducirte a error o confusión por engañosas o abusivas, de manera que siempre puedas elegir con pleno conocimiento. En todo caso, el proveedor está obligado a cumplir lo que haya ofrecido a través de cualquier tipo de información, promoción o publicidad emitida. (3)
2. Servicios adicionales.
TÚ TIENES DERECHO a elegir el o los servicios que desees contratar, sin que el proveedor te condicione o te obligue a contratar servicios o productos adicionales al principal o en paquete. (4)
Tienes derecho a que el proveedor te informe los servicios o productos adicionales, especiales o conexos al servicio básico y a elegir libremente respecto de la contratación de los mismos. Asimismo, puedes dar por terminada la prestación de dichos servicios o productos adicionales, sin que ello implique la suspensión o cancelación de la prestación del servicio básico. (5)
II. DERECHO A LA PORTABILIDAD Y EL DESBLOQUEO.
3. Portabilidad.
TIENES DERECHO a cambiarte gratuitamente de compañía conservando el mismo número telefónico, tantas veces como lo decidas, acudiendo con la nueva compañía con la que deseas contratar, quien deberá realizar la portabilidad durante las 24 horas siguientes a tu solicitud, o si así lo deseas, tienes derecho a decidir sobre la fecha en que quieres que se ejecute la portabilidad, siempre y cuando ésta no exceda de 5 días hábiles a partir de que presentes tu solicitud. (6)
TÚ TIENES DERECHO a partir de la fecha en que se ejecute la portabilidad y sin la exigencia de requisitos adicionales, a finiquitar de manera automática la relación contractual con el proveedor que antes te prestaba el servicio, únicamente de aquellos servicios cuya prestación requiera de los números telefónicos a ser portados, por lo que los servicios que no requieran de los números telefónicos portados podrán continuar activos en los términos establecidos en los contratos. (7)
TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor con el que decidas cambiarte, te proporcione la información necesaria para acceder al Sistema de Información en internet que te permita saber el estado que guarda tu solicitud de portabilidad. (8)
Una vez que has iniciado el proceso de portabilidad, si así lo decides, tienes derecho a cancelarlo de manera gratuita. (9)
TÚ TIENES DERECHO a recibir el pago de las penas convencionales previstas en el contrato, en caso de que no se cumplan los plazos de portabilidad correspondientes. (10)
TÚ TIENES DERECHO a realizar la portabilidad de tu número telefónico pese a tener adeudos pendientes con el proveedor que te prestaba los servicios de telecomunicaciones, sin que ello te exente de pagar los adeudos pendientes y, en su caso, las penalizaciones por terminación anticipada, así como devolver los equipos que no sean de tu propiedad. (11)
4. Desbloqueo de equipo o dispositivo.
TÚ TIENES DERECHO, cuando adquieras un equipo, a que el proveedor te informe por escrito si ese equipo se encuentra bloqueado para que sólo pueda ser utilizado en su red y en tal caso, debe informarte cómo podrá ser desbloqueado.
TÚ TIENES DERECHO al desbloqueo del equipo móvil cuando concluya el plazo del plan contratado, o bien, cuando hayas liquidado el precio total del equipo. Cuando lo hayas pagado de contado en un esquema de pre-pago, el proveedor o su distribuidor te deberán proporcionar la clave de desbloqueo de tu equipo al momento de entregártelo. (12)
III. DERECHO A CONDICIONES DE CONTRATACIÓN CLARAS, JUSTAS Y EQUITATIVAS.
5. Información sobre términos y condiciones de contratación.
TÚ TIENES DERECHO a conocer, antes de contratar, todos los términos y condiciones establecidos en el contrato de adhesión, de manera clara, suficiente, veraz y precisa. Dicho contrato deberá estar disponible en la página de Internet del proveedor. (13)
Al momento de contratar, el proveedor deberá entregarte por escrito el contrato de adhesión, el cual debe estar escrito en idioma español y con caracteres legibles a simple vista. (14)
El contrato de adhesión deberá contener, cuando menos, la descripción del servicio que contratarás, las obligaciones de las partes, los términos y condiciones bajo los cuales se prestarán los servicios, las penas convencionales y los supuestos de terminación y modificación. Asimismo, deberá contener las especificaciones técnicas y comerciales, incluyendo la calidad y, en su caso, velocidad del servicio de telecomunicaciones a contratar, entre otras.(15)
Asimismo, el contrato deberá indicar los medios disponibles de atención a clientes y, en su caso, horarios de atención de los mismos. (16)
Tienes derecho a exigir al proveedor que cumpla con las condiciones ofrecidas o implícitas en el contrato de adhesión y en la publicidad, así como en cualquier información y desplegados que difunda u ofrezca. (17)
6. Contrato registrado ante Profeco y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
TÚ TIENES DERECHO a que el contrato de adhesión a través del cual contrates un servicio, esté autorizado y registrado por la Profeco y ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones. (18)
El contrato de adhesión que te entregue el proveedor deberá también estar disponible en su portal de internet y deberá coincidir con el autorizado y registrado en Profeco y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Consulta el contrato autorizado y registrado en el portal de internet www.profeco.gob.mx y en www.ift.org.mx (19)
7. Modificaciones sólo con tu consentimiento.
TÚ TIENES DERECHO a que el contrato celebrado con el proveedor, únicamente pueda ser modificado con tu consentimiento expreso. (20)
Tienes derecho a que cualquier modificación al contrato, esté previamente autorizada y registrada ante Profeco y el Instituto Federal de Telecomunicaciones. (21)
Si no estás de acuerdo con las modificaciones o no diste tu consentimiento, puedes exigir el cumplimiento forzoso o dar por terminado el contrato sin penalización alguna para ti, aunque el plazo forzoso no haya vencido. (22)
En todo caso, si el servicio no se presta conforme al contrato por causas imputables al proveedor, éste deberá hacerte la bonificación, sin perjuicio de la indemnización que en su caso corresponda por daños y perjuicios. (23)
8. Conceptos de pago desglosados.
TÚ TIENES DERECHO a que en el contrato, facturas y comprobantes de pago, se desglose por separado la parte que corresponda a las tarifas por los servicios contratados; la compra o renta de los equipos, y otros cargos de instalación u otros accesorios, como seguros, fianzas, membresías, etcétera, así como la periodicidad de estos cargos. (24)
9. Terminación del Contrato.
TÚ TIENES DERECHO a terminar el contrato y cambiar de paquete o plan de forma anticipada y, en su caso, sólo pagar el remanente del equipo (ejemplo: celular, televisión, tablet, etc.) y, en su caso, la pena convencional pactada. (25)
Asimismo, si el plazo de tu contrato concluye y no quieres continuar con tu proveedor, puedes cancelarlo y el proveedor ya no te deberá cobrar el periodo subsecuente, excepto cuando se renueve el contrato por continuar usando y pagando los servicios de telecomunicaciones contratados originalmente. (26)
La terminación del contrato, la podrás realizar a través de los mismos medios por los que contrataste, así como a través de mecanismos ágiles disponibles puestos a disposición por el proveedor, incluyendo medios electrónicos. (27)
Una vez que solicites la terminación del contrato o la baja de determinados servicios, el proveedor deberá informarte a partir de cuándo se encuentra obligado a realizar la cancelación o baja de dichos servicios. Si transcurrido dicho plazo, el proveedor no ha realizado la cancelación o baja, tienes derecho a que no se te cobren los cargos que se llegaren a generar por dicho concepto. (28)
10. Penas convencionales proporcionales y recíprocas.
TÚ TIENES DERECHO a que las penas convencionales por incumplimiento del contrato por alguna de las partes, sean recíprocas, razonables y equitativas.
Profeco verificará que en los contratos de adhesión se establezcan penas convencionales recíprocas y razonables.
En ningún caso, el proveedor podrá exigirte doble penalización por el mismo incumplimiento, ni tampoco podrá exigirte penas superiores al monto que resta por pagar conforme al contrato. (29)
11. Renovación sin pago del equipo.
TÚ TIENES DERECHO a que en caso de que decidas renovar tu contrato de servicios móviles (tiempo aire, mensajes cortos, datos, servicios de valor agregado) y no adquieras un nuevo equipo o dispositivo, el pago esté integrado exclusivamente por las tarifas registradas ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones aplicables a los servicios, sin monto alguno por el equipo. (30)
12. Suspensión del servicio por falta de pago.
TÚ TIENES DERECHO a que previamente a la suspensión del servicio por falta de pago, el proveedor te avise de dicha suspensión. (31)
TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor te suspenda sólo aquellos servicios cuyo pago no realizaste. (32)
IV. CARGOS POR SERVICIO.
13. Larga Distancia.
TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor no te cobre cargos de larga distancia por llamadas que realices, dentro del país, a cualquier destino nacional (a números fijos o móviles). (33)
14. Cobro por segundo.
TÚ TIENES DERECHO a que en los servicios medidos por duración de las comunicaciones, el proveedor te ofrezca la opción de cobro por segundo, sin perjuicio de que también te ofrezca la opción de cobro por minuto, por evento, por capacidad o cualquier otra modalidad. (34)
15. Consulta gratis tu saldo.
TÚ TIENES DERECHO a consultar tu saldo sin costo y sin que te condicionen a comprar saldo adicional, así como al abono de tu saldo no consumido a la fecha de expiración, acumulándolo a las recargas que realices dentro del año siguiente a la fecha de expiración del mismo. (35)
16. Estados de cuenta, comprobantes de pago y/o facturas claras y desglosadas.
TÚ TIENES DERECHO a que los estados de cuenta, comprobantes de pago y/o facturas que expida tu proveedor de servicios, sean claros, legibles y contengan de manera desglosada los conceptos por el costo de los servicios, los equipos, servicios adicionales, cargos de instalación u otros accesorios como seguros, fianzas, membresías y demás cargos realizados. (36)
En ningún caso, el proveedor podrá cobrarte servicios que no hayas aceptado expresamente. (37)
Si eres usuario de servicios de telecomunicaciones en modalidad de prepago, igualmente TÚ TIENES DERECHO a solicitar y obtener comprobantes de pago e información desglosada sobre tu consumo y cargos cobrados. El proveedor deberá informarte de qué manera puedes obtener dicha información. (38)
V. DERECHO A LA CALIDAD EN EL SERVICIO Y EN EL EQUIPO TERMINAL.
17. Derecho a exigir calidad en el servicio.
TÚ TIENES DERECHO a exigir la calidad que el proveedor se haya obligado a cumplir, a través de su publicidad o contrato de adhesión. Recuerda que existen indicadores de calidad para el servicio móvil, como intentos de llamadas fallidas, llamadas interrumpidas, tiempo de establecimiento de llamadas, integridad de mensajes, sesiones de internet interrumpidas, velocidad de datos promedio de descarga, entre otros, los cuales son revisados y publicados periódicamente por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.(39)
TÚ TIENES DERECHO a que, en la prestación de los servicios, el proveedor cumpla con los estándares de calidad determinados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones. (40)
18. Bonificación o descuento.
TÚ TIENES DERECHO a que se te bonifique si el servicio no se presta conforme a la calidad y condiciones convenidas en el contrato, o por fallas o cargos indebidos por causas imputables al proveedor, con al menos el 20% del monto del periodo de afectación y del precio del servicio. Lo anterior, sin que sea necesario que presentes una reclamación y sin perjuicio de ejercer las acciones legales respectivas para reclamar la indemnización que en su caso corresponda por daños y perjuicios. (41)
19. Garantía mínima y póliza de garantía.
TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor te ofrezca una garantía del equipo, de cuando menos sesenta días naturales a partir de la entrega del mismo.
Para tal efecto, el proveedor deberá entregarte con tu equipo, una póliza por escrito y en español que deberá contener de manera clara su alcance, duración, condiciones, mecanismos para hacerla efectiva, domicilio para reclamaciones y establecimiento o lugar para reparaciones. (42)
En caso de no otorgar garantía, el proveedor debe informártelo por escrito, así como las consecuencias e implicaciones por no otorgarla. (43)
20. Reparaciones.
TÚ TIENES DERECHO a que el tiempo que duren las reparaciones efectuadas a tu equipo por concepto de garantía, no se descuente del plazo de garantía.44)
Cuando el equipo haya sido reparado o repuesto, el proveedor deberá entregar una nueva garantía para las piezas repuestas.45)
El proveedor debe asegurar que se te proporcione la infraestructura, capacidad técnica, mano de obra, así como refacciones y accesorios necesarios para proporcionar los servicios establecidos en la garantía del equipo terminal de telecomunicaciones, cuando ésta se ofrezca. (46)
21. Restitución de equipos defectuosos, rescisión y devolución.
Cuando el equipo presente defectos o no sirva para el uso que está destinado, TÚ TIENES DERECHO a optar por la restitución del equipo, rescindir el contrato y la devolución del precio pagado o pedir la reducción del precio. Además, en cualquiera de los casos anteriores, tienes derecho a la bonificación respectiva la cual no podrá ser menor del 20% del precio pagado. (47)
VI. DERECHO A LA INFORMACIÓN.
22. Información clara y oportuna.
TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor te informe antes de la contratación sobre los precios, tarifas, garantías, penalidades, compensaciones, cantidades, calidad, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones de la prestación del servicio, conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido y, bajo ninguna circunstancia podrá negarte dicho servicio. (48)
TÚ TIENES DERECHO a conocer la cobertura del proveedor, la cual podrás consultar en los centros de atención y/o distribución, en la página de internet del proveedor y deberá proporcionártela en caso de que la solicites. (49)
23. Acceso a la información para la defensa de tus derechos.
TÚ TIENES DERECHO a recibir una constancia de las reclamaciones, solicitudes y, en general, de todas las gestiones con incidencias en tu servicio que realices ante el proveedor. Si el medio de atención del proveedor fue telefónico, el proveedor está obligado a informarte que tienes derecho a recibir un documento que acredite la presentación y contenido de la reclamación, incidencia o gestión mediante cualquier soporte que permita tal acreditación. (50)
TÚ TIENES DERECHO a ser informado del estado de los trámites que has realizado ante el proveedor, en el momento en el que lo solicites.
24. Sistema de atención telefónica para quejas y consultas.
TÚ TIENES DERECHO a acceder gratuitamente, las 24 horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año, a un sistema de atención telefónica o electrónico del proveedor, en el que podrás realizar cualquier tipo de consulta o presentar una reclamación sobre el servicio que se te proporciona. (51)
En el caso de telefonía móvil, el sistema de atención deberá ser telefónico, para lo cual una vez que hayas accedido al mismo y elijas hablar con un representante autorizado, el tiempo de espera para que te atiendan no deberá exceder de sesenta segundos. (52)
25. Tarifas registradas ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
TÚ TIENES DERECHO a que te respeten la tarifa registrada ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, que ofrecen los proveedores de cualquier servicio de telecomunicaciones. (53)
En caso de que las tarifas que te apliquen no se encuentren registradas ante el Instituto, o si lo están, no se te respetan, puedes presentar tu queja o denuncia.
VII. DERECHO A LA PRIVACIDAD Y A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
26. Protección de tus datos personales.
TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor resguarde y proteja tu información personal, como tu nombre, domicilio, correo electrónico, número telefónico y otros. (54)
Asimismo, tiene la obligación de informarte qué datos recaba de ti y con qué fines los utilizará a través de un aviso de privacidad. Tienes derecho a que los datos que proporcionaste sean usados únicamente para los fines que autorizaste y en todo momento, tienes derecho a la seguridad del resguardo de los mismos. (55)
En cualquier caso, puedes Acceder, Rectificar, Cancelar tu información y Oponerte a su uso, lo cual se conoce comúnmente como "Derechos ARCO". (56)
En caso de pérdida o daño causado a tus datos personales, el proveedor debe notificarte. (57)
27. Protección de tus comunicaciones y los datos que las identifiquen.
TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor resguarde y proteja tus comunicaciones, así como los datos que identifiquen las mismas, tales como fecha, hora y duración de las llamadas, mensajes o datos que identifiquen el origen y destino de éstos, entre otros, garantizando su confidencialidad y privacidad. (58)
28. A no recibir llamadas o mensajes de promociones comerciales no autorizadas.
TÚ TIENES DERECHO a no recibir llamadas de tu proveedor o de cualquier otro, para promover o vender servicios o paquetes, a menos que expresamente manifiestes tu consentimiento. (59)
VIII. DERECHOS DE ACCESIBILIDAD DE LOS USUARIOS CON DISCAPACIDAD.
29. Equipos o dispositivos accesibles para personas con discapacidad.
TÚ TIENES DERECHO a contar, previa solicitud de tu parte, con equipos o dispositivos, que tengan funcionalidades, programas o aplicaciones, que permitan la accesibilidad a personas con discapacidad motriz, visual y auditiva. (60)
Además, tienes derecho a acceder a un número telefónico para servicios de emergencia que contemple mecanismos que permitan identificarte y ubicarte geográficamente. (61)
30. Las instalaciones o centros de atención contarán con adaptaciones y personal capacitado para atender a personas con discapacidad.
TÚ TIENES DERECHO a que las instalaciones o centros de atención al público de tu proveedor, cuenten con adaptaciones, modificaciones o mecanismos de accesibilidad, así como con personal capacitado para que tú recibas una atención adecuada. (62)
31. Páginas de Internet con funcionalidades de accesibilidad.
TÚ TIENES DERECHO a que las páginas o portales de Internet, o números telefónicos de atención al público del proveedor, cuenten con funcionalidades de accesibilidad, y a recibir atención de su parte a través de personal capacitado. (63)
IX. DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN.
32. Derecho a no ser discriminado en el acceso a la contratación y prestación de los servicios de telecomunicaciones.
TÚ TIENES DERECHO a acceder, contratar o que se te presten los servicios de telecomunicaciones, sin que el proveedor te pueda discriminar por origen étnico o nacionalidad, género, edad, discapacidades, condición social, salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que menoscabe o anule tus derechos y libertades como persona. (64)
33. Derecho a la neutralidad de la red.
TÚ TIENES DERECHO a acceder a cualquier contenido, aplicación o servicio ofrecido por el proveedor, dentro del marco legal aplicable, sin limitaciones, degradaciones, restricciones o discriminaciones.
TÚ TIENES DERECHO a conocer, a través del portal de internet del proveedor, las características del servicio, velocidad (como bits por segundo de subida y descarga de información, así como los factores que pueden disminuir la velocidad del servicio) y calidad autorizados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones. (65)
TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor preserve tu privacidad y la seguridad de la red, a que tu proveedor no obstruya, interfiera, inspeccione, filtre o discrimine contenidos, aplicaciones o servicios. También tienes derecho a recibir la capacidad, velocidad y calidad que contrataste con independencia del contenido, origen, destino, aplicación o servicio que se te provean a través de internet. (66)
X. DERECHO DE ACCESO GRATUITO A UN NÚMERO TELEFÓNICO DE SERVICIOS DE EMERGENCIA.
34. Servicios de emergencia.
TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor te informe el número único de emergencias y a acceder de manera gratuita a dicho número, el cual permitirá identificar y ubicar geográficamente tu llamada y, en su caso, los mensajes de texto que se envíen. (67)
XI. DERECHO A LA SUSPENSIÓN DEL SERVICIO POR REPORTE DE ROBO O EXTRAVÍO
35. Reporte de robo o extravío de equipos.
TÚ TIENES DERECHO a reportar a tu operador a través de procedimientos expeditos, el robo o extravío de tu equipo móvil, para que éste suspenda inmediatamente el servicio de los equipos o dispositivos móviles. (68)
Una vez que reportaste tu equipo como robado o extraviado, el proveedor no podrá seguirte cobrando el servicio. (69)
XII. DERECHOS ADICIONALES DE LOS USUARIOS DE TELEVISIÓN DE PAGA (POR CABLE O VÍA SATÉLITE).
36. Recibir gratuitamente las señales de TV Abierta.
TÚ TIENES DERECHO a recibir gratuitamente las señales de los canales de TV Abierta que se radiodifundan dentro de tu zona de cobertura geográfica y, las señales de los canales transmitidos por Instituciones Públicas Federales, si cuentas con televisión de paga por cable.
Si cuentas con televisión de paga por satélite, tienes derecho a recibir gratuitamente las señales de TV Abierta de los canales "Canal de las Estrellas", "Canal 5", "Azteca Siete" y "Azteca Trece", así como, los canales transmitidos por Instituciones Públicas Federales. (70)
37. Bloqueo de aplicaciones o servicios.
TÚ TIENES DERECHO a que los proveedores bloqueen los contenidos, aplicaciones o servicios que solicites. Podrás realizar esta petición por los mismos medios disponibles para realizar la contratación. (71)
38. Control parental.
TÚ TIENES DERECHO a que los proveedores te proporcionen un servicio de control parental previa solicitud de tu parte, y que publiquen de manera clara las características operativas de este servicio y las instrucciones para que puedas operar las aplicaciones necesarias para su correcto funcionamiento. (72)
XIII. DERECHO A LA PROTECCIÓN.
39. Derecho al acceso a los órganos administrativos.
TÚ TIENES DERECHO a la protección y representación de Profeco para asegurar que tus derechos sean respetados, con vistas a la prevención de daños patrimoniales y morales individuales y colectivos, garantizando la protección jurídica, económica administrativa y técnica. (73)
40. Interposición de quejas y denuncias por incumplimientos del proveedor.
TÚ TIENES DERECHO a presentar quejas y denuncias ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Procuraduría Federal del Consumidor, ante cualquier incumplimiento del proveedor.
Al iniciar un procedimiento conciliatorio derivado de una queja ante Profeco, tienes derecho a que, mientras dure el mismo, no te suspendan los servicios de telecomunicaciones por falta de pago. (74)
Tienes derecho a presentar una queja ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones por las fallas de los servicios o incumplimientos de los operadores a sus obligaciones, a efecto de que se hagan las verificaciones correspondientes y, en su caso, se inicie un procedimiento de sanción.
41. Representación colectiva.
TÚ TIENES DERECHO a ser representado en una acción colectiva ante el incumplimiento de un proveedor, para buscar que se declare que el proveedor incurrió en conductas que dañaron tus intereses y tu patrimonio y que lo condenen a la indemnización de daños y perjuicios. El representante de tal colectividad o grupo puede ser Profeco, una asociación de consumidores registrada o bien un grupo de por lo menos 30 consumidores afectados que firmen la demanda. (75)
Estos son tus principales derechos como usuario de servicios de telecomunicaciones, existen otros que se encuentran en las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes y aplicables que el proveedor de servicios tiene la obligación de respetar.
Si quieres conocer más sobre tus derechos, visita la página de Internet del Instituto Federal de Telecomunicaciones www.ift.org.mx o la página de la Procuraduría Federal del Consumidor www.profeco.gob.mxy recuerda TÚ TIENES DERECHO."
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- Indicador de pedidos manufactureros cifras durante junio de 2015
Aguascalientes, Ags, 7 de julio 2015.- (aguzados.com).- El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y el Banco de México dan a conocer el Indicador de Pedidos Manufactureros (IPM) del sexto mes de 2015. El IPM incorpora variables similares a las del PMI que elabora el Institute for Supply Management (ISM) en Estados Unidos.
El IPM se elabora con los resultados de la Encuesta Mensual de Opinión Empresarial (EMOE), mismos que permiten conocer casi inmediatamente después de terminado el mes de referencia, las expectativas y la percepción de los directivos empresariales sobre el comportamiento del sector manufacturero en México.
En junio de 2015, el IPM observó un nivel de 52.5 puntos con datos ajustados por estacionalidad, lo que significó un crecimiento mensual de 0.13 puntos. Con el resultado de junio, este indicador acumula 70 meses consecutivos situándose por encima del umbral de referencia de 50 puntos. Al interior del IPM, se reportaron aumentos mensuales desestacionalizados en los componentes de pedidos esperados, personal ocupado y oportunidad en la entrega de insumos por parte de los proveedores, mientras que registraron reducciones los subíndices correspondientes al volumen esperado de la producción y al de los inventarios de insumos.
Indicadores de confianza empresarial cifras durante junio de 2015
El INEGI da a conocer los Indicadores de Confianza Empresarial (ICE) correspondientes a junio de este año. Dichos indicadores se elaboran con los resultados de la Encuesta Mensual de Opinión Empresarial (EMOE), los cuales permiten conocer, casi inmediatamente después de terminado el mes de referencia, la opinión de los directivos empresariales del sector Manufacturero, de la Construcción y del Comercio sobre la situación económica que se presenta tanto en el país como en sus empresas.
A nivel de sector, el Indicador de Confianza Empresarial Manufacturero registró un aumento de 0.38 puntos con cifras desestacionalizadas durante junio pasado respecto al mes que le precede.
Indicadores de expectativas empresariales cifras durante junio de 2015
El INEGI da a conocer las Expectativas Empresariales (EE) constituidas por la opinión del directivo empresarial, correspondientes al sexto mes de 2015. Las EE se elaboran con los resultados de la Encuesta Mensual de Opinión Empresarial (EMOE), las cuales permiten conocer, casi inmediatamente después de terminado el mes en cuestión, la opinión de los directivos sobre el comportamiento de variables relevantes de los sectores Manufacturero, de la Construcción y del Comercio.
En su comparación anual y con datos originales, las Expectativas Empresariales del sector Manufacturero sobre la Demanda nacional de sus productos aumentaron 3.3 puntos, las de Producción 1.8 puntos y las de Utilización de planta y equipo 1.7 puntos durante junio de este año, principalmente; en la Construcción, el indicador sobre la percepción del Valor de las obras ejecutadas como subcontratista se incrementó 1.5 puntos y el relacionado con el Personal ocupado 0.8 puntos, y en el sector Comercio las expectativas del Personal ocupado se elevaron 2 puntos y las de las Ventas netas 0.7 puntos frente a las que se tenían en junio de 2014.
Las cifras aquí mencionadas podrán ser consultadas en el Sitio del INEGI en Internet: http://www.inegi.org.mx/sistemas/bie/
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- El sector industrial de los plásticos, eligió a la entidad para asentar este nuevo desarrollo fabril, a cargo del Grupo Quimisor
- Alcanzará, incluyendo la nueva planta de la empresa, una inversión de hasta 600 millones de pesos y generará 450 empleos durante su edificación y 70 en su operación
- Servirá como base logística para esta industria, facilitando la movilidad ferroviaria y así competir con las más grandes empresas del ramo
Aguascalientes, Ags, 6 de julio 2015.- (aguzados.com).- Al conocer la iniciativa de construcción de un nuevo parque industrial y logístico, así como de una planta de procesamiento de plásticos, el gobernador Carlos Lozano de la Torre, aseguró que la dinámica económica de Aguascalientes mantiene su estabilidad gracias al compromiso de los ciudadanos y la alta calidad de sus trabajadores.
En esta reunión con Javier Soriano González, director de Grupo Quimisor, el gobernador señaló que esta estabilidad económica, aunada a la tranquilidad que genera una seguridad pública eficiente y una educación de vanguardia y pertinente son elementos que la ciudadanía demanda mantener en el tiempo, lo que exige un análisis concienzudo de los retos por venir.
Por su parte Javier Soriano González, dio a conocer al gobernador que esta empresa ha tomado en cuenta precisamente estas ventajas competitivas de la entidad para no sólo instalar su nueva planta de procesamiento de plásticos con una inversión inicial de 150 millones de pesos, sino además crear un parque industrial logístico especializado para esta rama industrial que requerirá de una inversión de hasta 450 millones de pesos adicionales, que una vez terminados podrían llegar a tener una inversión superior a los 600 millones de pesos.
“Este será un parque industrial logístico para la industria del plástico, que en su mayor parte se mueve por ferrocarriles, son pocas las industrias de nuestro ramo que tienen la facilidad de contar con vía de ferrocarril próxima, y el tener una infraestructura que la facilite hace que los costos se abatan significativamente y que la logística sea más sencilla, permitiendo a la industria competir en las grandes ligas. Aguascalientes es la mejor opción para nosotros por la conexión de las dos ferrocarrileras tanto Kansas como FERROMEX y por eso hemos decidido hacerlo aquí”, dijo.
Añadió que para la construcción de esta nueva infraestructura industrial requerirán generar 150 empleos directos y 300 indirectos, y que al concluir su edificación se generarán 50 puestos de trabajo para la operación de la planta, que igualará la capacidad de producción de la matriz que tienen en la ciudad de Zapopan, Jalisco.
Agregó que de esta forma las primeras operaciones serán para ese grupo empresarial, y que en la subsecuente etapa el parque se abrirá a otras empresas del sector de plásticos, lo cual asegurará una atención directa y sin contratiempos para sus clientes, que son principalmente de la industria automotriz.
El gobernador agradeció la confianza que esa empresa ha puesto en Aguascalientes para generar una industria de plásticos más fuerte y competitiva, por lo que concluyó al citar que “la diversificación de las inversiones es una de las estrategias que complementa la estrategia para dinamizar la economía y asegurar la permanencia de los empleos. Nos congratula que Aguascalientes se fortalezca día con día para lograr que la industria cuente con todo el soporte para su natural desenvolvimiento y desarrollo”.
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- Índice de confianza del consumidor, cifras durante junio de 2015
Aguascalientes, Ags, 7 de julio 2015.- (aguzados.com).- En junio de 2015, el Índice de Confianza del Consumidor (ICC) elaborado de manera conjunta por el INEGI y el Banco de México presentó un crecimiento mensual de 1.96% con datos ajustados por estacionalidad.
A su interior, se observaron aumentos mensuales desestacionalizados en los correspondientes a la percepción sobre la situación económica futura de los miembros del hogar, en los referentes a la situación económica actual y futura del país, y en el correspondiente a la opinión por parte de los miembros del hogar sobre la posibilidad en el momento actual para efectuar compras de bienes durables. En contraste, el indicador que capta la perspectiva sobre la situación económica actual del hogar mostró una disminución.
Como se informó en su oportunidad, a partir de este mes se publicarán indicadores complementarios sobre la confianza de los consumidores.
Índice de Confianza del Consumidor
Con base en los resultados de la Encuesta Nacional sobre Confianza del Consumidor (ENCO) que recaban de manera conjunta el Instituto Nacional de Estadística y Geografía y el Banco de México en 32 ciudades del país, las cuales comprenden a la totalidad de las entidades federativas, se calcula el Índice de Confianza del Consumidor (ICC). Este índice se conforma de cinco indicadores parciales que recogen las percepciones sobre: la situación económica actual del hogar de los entrevistados; la situación económica esperada del hogar; la situación económica presente del país; la situación económica futura del país; y qué tan propicio es el momento actual para la adquisición de bienes de consumo duradero.
Comportamiento del Índice de Confianza del Consumidor y de sus componentes: Cifras desestacionalizadas.
En junio de 2015, el ICC mostró un incremento mensual de 1.96% con cifras ajustadas por estacionalidad.
Con datos desestacionalizados, en el sexto mes de 2015 el indicador referente a la opinión sobre la situación económica de los integrantes del hogar en el momento actual frente a la que tenían hace doce meses observó una reducción de (-) 0.28% respecto al mes anterior. Por su parte, el rubro que mide la expectativa sobre la situación económica de los miembros del hogar para dentro de doce meses, respecto a la que registran en el momento actual presentó un incremento a tasa mensual de 1.14 por ciento. El componente que evalúa la percepción de los consumidores acerca de la situación económica del país hoy en día comparada con la que prevaleció hace doce meses registró un avance de 2.53% con relación al nivel de mayo pasado. Asimismo, la variable que capta las expectativas sobre la condición económica del país dentro de un año respecto a la situación actual aumentó 2.92% a tasa mensual. Por último, el indicador sobre las posibilidades en el momento actual por parte de los integrantes del hogar, comparadas con las de hace un año, para efectuar compras de bienes durables, tales como muebles, televisor, lavadora y otros aparatos electrodomésticos mostró una variación mensual de 3.87 por ciento.
Las cifras aquí mencionadas, así como los datos sin desestacionalizar no incluidos en el Boletín, podrán ser consultadas en la página del INEGI en Internet: http://www.inegi.org.mx/sistemas/bie/
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- Detalles
- Categoría: economia
- Se denomina “Soy Usuario”, herramienta electrónica que recibirá y permitirá dar seguimiento a inconformidades por servicios de telecomunicaciones
- Ambas instituciones podrán intercambiar información automáticamente, planear y coordinar acciones conjuntas en defensa de los derechos de los usuarios
- El usuario-consumidor no esté conforme con la respuesta del proveedor de servicios, a través de la plataforma “Soy Usuario”, su caso se remitirá a Concilianet o a la delegación de Profeco
México, D.F., 6 de julio 2015.- (aguzados.com).- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), habilitaron la herramienta electrónica compartida denominada “Soy Usuario”, la cual permitirá a los Usuarios-Consumidores de servicios públicos de telecomunicaciones interponer inconformidades en contra de los concesionarios y autorizados cuando consideren que se han vulnerado sus derechos.
La herramienta, que forma parte de los compromisos pactados en el Convenio de Colaboración y Concertación de Acciones celebraron Profeco y el IFT, en esta primera etapa, permitirá a los Usuarios-Consumidores recibir una respuesta ágil y certera a sus inconformidades, consultar el estatus de las mismas y darles un seguimiento puntual.
“Soy Usuario” estará disponible en los portales de internet del IFT y Profeco. Las inconformidades que ingresen a través de la herramienta llegarán al Instituto y Profeco podrá consultar las inconformidades, respuestas de los concesionarios y asesorar directamente a los consumidores para la efectiva protección de sus derechos.
De la misma forma, “Soy Usuario” estará conectado y vinculado con “Concilianet”, mecanismo de resolución de controversias en línea de Profeco, lo cual facilitará el inicio del procedimiento conciliatorio ante la Institución en caso de que el Usuario-Consumidor quede insatisfecho con la atención que recibió de la empresa que le presta el servicio. Si algún proveedor no forma parte del Concilianet, la información reportada por el usuario consumidor se remitirá a la delegación de Proeco que corresponda.
En el mismo sentido, el IFT y la Profeco determinaron los derechos mínimos de los usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones reconocidos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), entre otras disposiciones jurídicas.
Con ello, y en cumplimiento de la LFTR, los concesionarios y autorizados deberán entregar a quienes contraten sus servicios la Carta de Derechos Mínimos de los Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones. La carta, adicionalmente, deberá ser difundida de manera permanente en las páginas de Internet de los concesionarios y proveedores de servicios. El usuario podrá consultar en la carta que tiene derecho, entre otros, a:
• Que le respeten las tarifas ofertadas, las cuales deberán estar registradas ante el IFT.
• No recibir llamadas de los proveedores para promover o vender servicios o paquetes, a menos que expresamente el usuario manifieste su consentimiento.
• La bonificación si el servicio que recibe no se presta conforme a la calidad y condiciones convenidas en el contrato o, por fallas o cargos indebidos.
• Contar, previa solicitud expresa, con equipos o dispositivos que tengan funcionalidades, programas o aplicaciones, que permitan la accesibilidad a personas con discapacidad motriz, visual y auditiva.
• Que las instalaciones o centros de atención al público del proveedor, cuenten con adaptaciones, modificaciones o mecanismos de accesibilidad.
• Reportar al operador a través de procedimientos expeditos, el robo o extravío del equipo móvil, para que se suspenda inmediatamente el servicio.
• Presentar inconformidades y denuncias ante el IFT y la Profeco, ante cualquier incumplimiento del proveedor.
• Ser representado en una acción colectiva ante el incumplimiento de un proveedor.
Los usuarios también pueden consultar sus derechos mínimos en las páginas de Internet del IFT www.ift.org.mx y de la Profeco www.profeco.gob.mx. Asimismo, ante cualquier duda sobre sus derechos o los alcances de éstos, pueden contactar a ambas instituciones.
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