Viernes, 04 Abril 2025
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  • El empleo en la entidad creció 5.5% anual durante junio de 2015, colocándose 1.1% por arriba del promedio nacional
  • La entidad registró un 4.4% de incremento del empleo durante el sexto mes del año, ubicándose en la 7ª posición nacional y 3° entre los estados de la región que más crecieron en materia de empleo

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Aguascalientes, Ags. 9 de julio 2015.- (aguzados.com).- El gobernador Carlos Lozano de la Torre, luego de conocer los datos de los trabajadores asegurados ante el IMSS durante el mes de junio en Aguascalientes que muestran que el empleo en la entidad creció 5.5% anual durante junio de 2015, colocándose 1.1% por arriba del promedio nacional, dijo que estos resultados dan cuenta del esfuerzo y confianza de todos los sectores productivos, que han trabajado para mantener y fortalecer la tendencia a favor de la generación de puestos de empleo para el desarrollo y bienestar de las familias aguascalentenses.

La información dada a conocer por el IMSS revela también que la entidad registró un 4.4% de incremento del empleo durante el sexto mes del año, por lo que Aguascalientes se ubicó en la 7ª posición nacional y 3° entre los estados de la región que más crecieron en materia de empleo a lo largo de un año.

En los primeros seis meses del año, Aguascalientes registró un crecimiento promedio de 5.8% mensual, superior al promedio mensual que se obtuvo durante el mismo periodo del año pasado (5.6%), y que en cincuenta y cuatro meses de la actual administración se han generado 58,374 nuevos empleos, que superan en 20.5% el total de empleos registrados en las dos administraciones anteriores juntas (48,459 empleos entre 1999 y 2010).

De esta forma, en junio de 2015 la cifra de trabajadores asegurados en Aguascalientes llegó a 263,982 registros ante el IMSS, que comparados con el mes anterior significó un incremento de 934 nuevos trabajadores registrados formalmente en el Instituto, de los cuales el 85% corresponden a nuevas plazas permanentes y el 15% a eventuales.

El IMSS reporta que a nivel nacional se generaron 78,435 nuevos puestos de trabajo, impulsados principalmente por la industria de la construcción (10.4%), la industria de la transformación (5.4%) y el sector de comunicaciones y transportes (4.5%).

Durante el primer semestre del presente año se han registrado un total de 7,134 nuevos puesto de trabajo cifra inferior a la que se generó durante igual periodo del año anterior cuando se generaron 8,070 empleos

El gobernador agregó que el buen nombre de Aguascalientes entre los inversionistas internacionales demanda seguir trabajando para que Aguascalientes recupere y consolide su fuerza económica y que genere los empleos que demanda la ciudadanía.

“La seguridad y la estabilidad son importantísimos factores de inversión, y Aguascalientes se consolida como un lugar de privilegio en la República Mexicana gracias al trabajo coordinado que hasta ahora ha llevado a cabo el esquema de Mando Único de Policía y el refuerzo de cada uno de los indicadores que generan tranquilidad para los inversionistas, con el objeto de atraer más empresas a la entidad y generar el empleo que se requiere para los ciudadanos”, concluyó.

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  • Índice Nacional de Precios Productor, junio de 2015

inpp9jul15

Aguascalientes, Ags. 9 de julio 2015.- (aguzados.com).- El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) informa que durante junio de 2015 el Índice Nacional de Precios Productor (INPP) Total, excluyendo petróleo, presentó un aumento mensual de 0.40%, alcanzando así una tasa anual de 3.17 por ciento. En el mismo periodo de 2014 las cifras fueron de (-) 0.40% mensual y de 2.03% anual.

El resultado mensual fue producto de alzas en los precios de 0.32% en las Actividades Primarias, de 0.48% en las Actividades Secundarias y de 0.29% en las Actividades Terciarias.

El Índice de Mercancías y Servicios de Uso Intermedio, excluyendo petróleo, registró un crecimiento mensual de 0.37%, ubicando su tasa anual en 0.48 por ciento.

El Índice de Mercancías y Servicios Finales, excluyendo petróleo, mostró un incremento mensual de 0.42% y su tasa anual fue de 4.40 por ciento.

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS PRODUCTOR (INPP),

MERCANCÍAS Y SERVICIOS INTERMEDIOS, FINALES Y PRODUCCIÓN TOTAL,

EXCLUYENDO PETRÓLEO, DURANTE JUNIO DE 2015

Clasificación por origen, Variación porcentual

inpp9jul15a

1/ Esta actividad no genera bienes de uso intermedio

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS PRODUCTOR (INPP),

PRODUCCIÓN TOTAL, EXCLUYENDO PETRÓLEO, DURANTE JUNIO DE 2015

Variación porcentual en junio de los años que se indican

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PRODUCCIÓN TOTAL

El INPP Total, excluyendo petróleo, presentó durante junio de 2015 un aumento mensual de 0.40% y una tasa anual de 3.17 por ciento. En igual mes de 2014 las cifras fueron de (-) 0.40% mensual y de 2.03% anual.

Por grandes grupos de actividades económicas, la variación mensual y anual de las Actividades Primarias fue de 0.32% y 7.65%, respectivamente. Las Actividades Secundarias mostraron un avance mensual de 0.48% y anual de 3.66 por ciento. Por su parte, las Actividades Terciarias tuvieron un crecimiento mensual de 0.29%, alcanzando de esta manera una tasa anual de 1.92 por ciento.

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS PRODUCTOR (INPP),

MERCANCÍAS Y SERVICIOS INTERMEDIOS, FINALES Y PRODUCCIÓN TOTAL,

EXCLUYENDO PETRÓLEO, DURANTE JUNIO DE 2015

Clasificación por origen, Variación porcentual

inpp9jul15c

1/ La incidencia se refiere a la contribución en puntos porcentuales de cada componente del INPP en el índice general. Ésta se calcula utilizando los ponderadores de cada subíndice, así como los precios relativos y sus respectivas variaciones. En ciertos casos, la suma de los componentes de algún grupo de subíndices puede tener alguna discrepancia por efectos de redondeo.

2/ Estas actividades no registran información ya que no generan bienes de uso intermedio.

Por tipo de bien, las Mercancías y Servicios de Uso Intermedio, excluyendo petróleo, presentaron incrementos de 0.37% mensual y de 0.48% anual, en tanto que los precios de las Mercancías y Servicios Finales registraron aumentos de 0.42% a tasa mensual y de 4.40% anual (véase cuadro anterior).

Actividades Primarias

Las Actividades Primarias mostraron un incremento mensual de 0.32% y de 7.65% anual en junio de 2015. Los principales productos genéricos que influyeron al alza en el resultado mensual del INPP de Producción Total fueron Aves con 2.44% y Huevo con 6.53 por ciento.

Actividades Secundarias

En el sexto mes del año, los precios de las Actividades Secundarias registraron una variación mensual de 0.48 por ciento. El sector que tuvo la mayor contribución en este comportamiento fue el de las Industrias manufactureras con un avance de 0.54%, seguido de la Minería con 1.62% y la Construcción con 0.29 por ciento. Por su parte la Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, suministro de agua y de gas por ductos al consumidor final, observó una baja de (-) 1.21 por ciento. A tasa anual, las Actividades Secundarias tuvieron un aumento de 3.66%, derivado de los crecimientos de 5.70% en la Minería, 3.70% en la Construcción y 4.47% en las Industrias manufactureras; así como de la caída de (-) 13.18% en la Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, suministro de agua y de gas por ductos al consumidor final.

Industrias Manufactureras

Las Industrias manufactureras reportaron un incremento mensual de 0.54% en junio de este año. Los subsectores que presentaron las variaciones mensuales más altas fueron: Industria de las bebidas y del tabaco 1.64%; Fabricación de productos textiles, excepto prendas de vestir 1.29%, e Industria química con 0.94 por ciento. El único subsector que registró una baja mensual fue el de las Industrias metálicas básicas con (-) 1.83 por ciento.

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS PRODUCTOR (INPP),

EXCLUYENDO PETRÓLEO, DURANTE JUNIO DE 2015

Industrias Manufactureras, Variación porcentual

inpp9jul15d

Actividades Terciarias

Los precios de las Actividades Terciarias tuvieron un crecimiento de 0.29% mensual y de 1.92% anual en junio de 2015. La variación mensual se explica principalmente por las alzas de 0.62% en los Transportes, correos y almacenamiento, y de 1.32% en los Servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación (véase cuadro 3).

BIENES INTERMEDIOS

El Índice de las Mercancías y Servicios de Uso Intermedio, excluyendo petróleo, presentó un avance mensual de 0.37% en el sexto mes del año, producto de los aumentos de 0.48% en las Actividades Primarias, de 0.32% en las Secundarias y de 0.41% en las Actividades Terciarias.

Las Actividades Secundarias fueron las que más contribuyeron en el resultado mensual de las Mercancías y Servicios de Uso Intermedio con una incidencia de 0.178 puntos porcentuales, seguidas de las Actividades Terciarias con 0.148 puntos porcentuales y de las Actividades Primarias con 0.040 puntos porcentuales (ver cuadro 3).

El comportamiento de las Actividades Secundarias obedeció a los incrementos de 2.41% en los precios de la Minería y de 0.38% en los de las Industrias manufactureras, así como de la baja de (-) 1.56% en la Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, suministro de agua y de gas por ductos al consumidor final.

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS PRODUCTOR (INPP),

MERCANCÍAS Y SERVICIOS DE USO INTERMEDIO,

EXCLUYENDO PETRÓLEO, DURANTE JUNIO DE 2015

Variación porcentual en junio de los años que se indican

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A tasa anual, las Mercancías y Servicios de Uso Intermedio, excluyendo petróleo, reportaron un ascenso de 0.48 por ciento. Por grandes grupos de actividades económicas, las Primarias crecieron 7.94% y las Terciarias 1.64 por ciento, en tanto que las Actividades Secundarias disminuyeron (-) 1.27 por ciento.

BIENES FINALES

El Índice de precios de las Mercancías y Servicios Finales, excluyendo petróleo, mostró un incremento mensual de 0.42% y un aumento anual de 4.40 por ciento.

Por origen de la producción

Por grandes grupos de actividades económicas, en junio de 2015 se registraron alzas mensuales de 0.14% en las Actividades Primarias, de 0.55% en las Secundarias y de 0.24% en las Terciarias.

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS PRODUCTOR (INPP),

MERCANCÍAS Y SERVICIOS FINALES, EXCLUYENDO PETRÓLEO,

DURANTE JUNIO DE 2015

Variación porcentual en junio de los años que se indican

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El comportamiento anual de las Mercancías y Servicios Finales, excluyendo petróleo, se debió a los incrementos de 7.32% en las Actividades Primarias, de 5.89% en las Secundarias y de 2.04% en las Terciarias.

Por destino de la producción

Por destino de la producción, la Demanda interna tuvo una variación mensual de 0.35% y una incidencia de 0.272 puntos porcentuales. Por su parte, el componente de las Exportaciones observó un avance mensual de 0.62% y una incidencia de 0.145 puntos porcentuales.

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS PRODUCTOR (INPP),

MERCANCÍAS Y SERVICIOS FINALES,

EXCLUYENDO PETRÓLEO, DURANTE JUNIO DE 2015

Clasificación por destino, Variación porcentual

inpp9jul15g

1/ La incidencia se refiere a la contribución en puntos porcentuales de cada componente del INPP en la variación mensual del índice general. Ésta se calcula utilizando los ponderadores de cada subíndice, así como los precios relativos y sus respectivas variaciones. En ciertos casos, la suma de los componentes de algún grupo de subíndices puede tener alguna discrepancia por efectos de redondeo. 2/ Consumo privado más consumo de gobierno individualizado.

Genéricos que más influyeron en el resultado del INPP de Producción Total, excluyendo petróleo, en junio de 2015.

Las variaciones de precios de los productos genéricos que destacaron por la magnitud de su contribución al comportamiento mensual del INPP Total, excluyendo petróleo, en junio de este año, se muestran en el cuadro siguiente.

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS PRODUCTOR (INPP),

EXCLUYENDO PETRÓLEO, DURANTE JUNIO DE 2015

Genéricos con mayores incidencias

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Nota metodológica y fuentes de información

Para la elaboración de los cálculos del INPP se recopilan de manera periódica y directa, los precios de los productos específicos más representativos en 46 ciudades y áreas metropolitanas.

Para mejorar la cobertura y representatividad del INPP, se conformó el diseño estadístico que incluye la determinación de un marco de muestreo, del cual se han seleccionado a las unidades económicas que se consideran como fuentes de información para realizar las cotizaciones correspondientes, todo esto mediante la utilización de técnicas estadísticas comúnmente aceptadas.

A fin de contar con un indicador que sea representativo, se han tomado las siguientes medidas: a) se ha seleccionado una canasta de bienes y servicios integrada por 567 conceptos, de los cuales 69 corresponden al sector primario, 387 al industrial y 111 al de los servicios; b) se ha implementado la utilización del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte 2007 (SCIAN 2007) para la codificación y agrupación de los productos y servicios genéricos que componen la canasta; y, c) se incluyen las mejoras metodológicas del Sistema de Cuentas Nacionales de México (SCNM) introducidas con su base 2003 y una actualización 2010 de la Matriz de Insumo-Producto (MIP) calculada ex profeso para su utilización en la construcción de la estructura de ponderaciones.

La fórmula del cálculo del INPP es la de ponderaciones fijas de Laspeyres. Con esta fórmula se utiliza una canasta de artículos y una estructura de ponderaciones fijas, que representan los bienes y servicios producidos en el país en el periodo base.

El periodo de referencia del INPP corresponde a junio de 2012. El sistema de ponderaciones representa mejor las condiciones económicas de los últimos años, mediante la actualización de la estructura de ponderaciones que refleja la producción y los ingresos de 2010, actualizados vía precios relativos al periodo de referencia del Índice.

La producción característica de cada actividad para el cálculo del sistema de ponderaciones está valorada a precios básicos y sin considerar la producción para autoconsumo, de tal forma que el valor de la producción en la que se asocia a cada bien o servicio, con el objeto de obtener la estructura de ponderadores de la producción neta. Con esto se evita un “doble-conteo” en la formación de los precios de cada actividad, al no considerar los productos que se generan para usarlos como insumo en la misma actividad.

Las recomendaciones internacionales establecen que con la finalidad de apoyar o facilitar el análisis e interpretación de los resultados, el INPP se puede calcular por fase del ciclo de producción; es decir, considerando por separado los productos intermedios y los productos para la demanda final. Lo que permite identificar si las variaciones de los precios se deben a cambios en los costos de los bienes de demanda intermedia o en el valor de los productos finales, además del impacto que cualquiera de ellos puede causar en la producción total.

El INPP se presenta con la exclusión del petróleo debido a la volatilidad que implica su incorporación en el cálculo, ya que la determinación del precio se debe más a causas del mercado internacional de los hidrocarburos, que a razones propias del mercado interno. Por lo que distinguir el cálculo sin este componente permite mostrar el impacto del cambio de precios del resto de los bienes y servicios que se determinan en el mercado interno.

Las cifras aquí mencionadas, podrán ser consultadas en la página del INEGI en Internet: www.inegi.org.mx

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inegi8jul15

Aguascalientes, Ags, 8 de julio 2015.- (aguzados.com).- El Indicador Mensual del Consumo Privado en el Mercado Interior (IMCPMI) creció 0.4% durante abril de este año frente al mes inmediato anterior, con cifras desestacionalizadas.

Por componentes, el consumo de Bienes de origen importado aumentó 1.6% y el consumo de Bienes y Servicios de origen nacional fue superior en 0.3% en el cuarto mes de 2015 respecto al mes precedente, según datos ajustados por estacionalidad.

En su comparación anual, el IMCPMI avanzó 2.3% en términos reales en el mes en cuestión. A su interior, los gastos en Bienes y Servicios de origen nacional se elevaron 2.3% (los de Bienes fueron mayores en 3.4% y los de Servicios en 1.5%) y los gastos en Bienes importados se incrementaron 1.8% con relación a los de igual mes de un año antes.

Indicador Mensual del Consumo Privado en el

Mercado Interior al mes de abril de 2015

Cifras desestacionalizadas por componente

Concepto

Variación % respecto al mes previo

Variación % respecto a igual mes de 2014


Total

0.4

2.3

Nacional

0.3

2.3

Bienes

1.0

3.4

Servicios

0.1

1.5

Importado

1.6

1.8

Bienes

1.6

1.8

Nota: La serie desestacionalizada del Indicador Mensual del Consumo Privado enel

   Mercado Interior se calcula de manera independiente a la de sus componentes.

Fuente: INEGI.

Principales Resultados

Con base en cifras desestacionalizadas, el Indicador Mensual del Consumo Privado en el Mercado Interior (IMCPMI) mostró una variación de 0.4% durante abril de 2015 respecto al nivel registrado en el mes inmediato anterior. 

Por componentes, el consumo de Bienes de origen importado fue superior en 1.6% y el consumo de Bienes y Servicios de origen nacional creció 0.3% en el cuarto mes de 2015 frente al mes precedente, según datos ajustados por estacionalidad.  

Cifras originales

Indicador Mensual del Consumo Privado en el

Mercado Interior durante abrilp/ de 2015

(Variación porcentual real respecto al mismo periodo del año anterior)

Concepto

Abril

Ene-Abr


Total

2.3

3.2

Nacional

2.4

3.2

Bienes

3.5

4.4

Servicios

1.4

2.1

Importado

1.4

2.8

Bienes

1.4

2.8

p/ Cifras preliminares. Fuente: INEGI.

Nota metodológica

El Indicador Mensual del Consumo Privado en el Mercado Interior (IMCPMI) mide el comportamiento del gasto realizado por los hogares en bienes y servicios de consumo, tanto de origen nacional como importado, permitiendo con ello dar seguimiento de forma mensual al componente más significativo del PIB por el lado de la demanda.

Los datos del Indicador Mensual del Consumo Privado en el Mercado Interior estarán disponibles en una serie larga desde enero de 1993 y se expresan en índices de volumen físico con base fija en el año 2008=100.

El presente boletín destaca las variaciones porcentuales de las series desestacionalizadas o ajustadas estacionalmente, tanto respecto al mes anterior como respecto al mismo mes del año anterior, ya que la gran mayoría de las series económicas se ven afectadas por factores estacionales. Éstos son efectos periódicos que se repiten cada año y cuyas causas pueden considerarse ajenas a la naturaleza económica de las series, como son las festividades, el hecho de que algunos meses tienen más días que otros, los periodos de vacaciones escolares, el efecto del clima en las diferentes estaciones del año, y otras fluctuaciones estacionales como, por ejemplo, la elevada producción de juguetes en los meses previos a la Navidad provocada por la expectativa de mayores ventas en diciembre.

En este sentido, la desestacionalización o ajuste estacional de series económicas consiste en remover estas influencias intra-anuales periódicas, debido a que su presencia dificulta diagnosticar o describir el comportamiento de una serie al no poder comparar adecuadamente un determinado mes con el inmediato anterior.  Analizar la serie ajustada ayuda a realizar un mejor diagnóstico y pronóstico de la evolución de la misma, ya que facilita la identificación de la posible dirección de los movimientos que pudiera tener la variable en cuestión, en el corto plazo. Las cifras desestacionalizadas también incluyen el ajuste por los efectos de calendario (frecuencia de los días de la semana y, en su caso, la Semana Santa y año bisiesto). Cabe señalar que la serie desestacionalizada del Indicador Mensual del Consumo Privado en el Mercado Interior se calcula de manera independiente a la de sus componentes.

Las series originales se ajustan estacionalmente mediante el paquete estadístico X12- Arima. Para conocer la metodología se sugiere consultar la siguiente liga:

http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/metodologias/ajus_estacional/Metodajustestacional.pdf

Asimismo, las especificaciones de los modelos utilizados para realizar el ajuste estacional están disponibles en el Banco de Información Económica, seleccionando el icono de información   correspondiente a las “series desestacionalizadas y de tendencia-ciclo” del Indicador Mensual del Consumo Privado en el Mercado Interior.

La información estadística que da respaldo al cálculo de los Índices mensuales de Volumen Físico del Consumo Privado en el mercado interior, está relacionada con indicadores de ventas o de producción si no se dispone de información sobre ventas.

Su cobertura geográfica abarca al mercado interior y en su desagregación se identifica el gasto realizado en bienes y servicios de origen nacional así como el llevado a cabo en bienes de origen importado. La representatividad de este indicador es muy cercana al 100 debido a que las compras netas en el mercado exterior significan menos del uno por ciento del gasto total destinado a la adquisición de bienes y servicios de consumo llevado a cabo por los hogares y unidades residentes de nuestro país en el año 2008, año base de los productos del Sistema de Cuentas Nacionales de México (SCNM).

Se utilizan los indicadores de la producción provenientes de las fuentes siguientes:

a) Estadísticas mensuales elaboradas por el propio Instituto como la Encuesta Mensual de la Industria Manufacturera, la Encuesta Mensual de Servicios, Registros del Comercio Exterior e Índices Nacionales de Precios Productor y al Consumidor.

b) Otra vertiente de información está constituida por las estadísticas producidas por fuentes externas al Instituto donde quedan clasificadas las series de corto plazo provenientes de Cámaras; Asociaciones de Productores, Organismos y Empresas Públicas y Privadas y las estadísticas derivadas de registros administrativos, entre los que destacan: Petróleos Mexicanos; la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz, A. C.; la Asociación Nacional de Productores de Autobuses, Camiones y Tractocamiones, A. C.; Banco de México; Bureau of Labor Statistics; entre otras.

c) El restante canal de información está relacionado con la cuantificación de las actividades que no cuentan con información de ventas, para las cuales se utiliza el índice de volumen físico calculado para la producción en los procesos del Indicador Mensual de la Actividad Industrial y del Indicador Global de la Actividad Económica (IGAE).

En la elaboración del indicador se siguen, en la medida de lo posible, los criterios metodológicos, clasificadores y datos fuente que se emplean en los cálculos anuales y trimestrales del consumo privado total, así como la aplicación del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN) 2007, última versión disponible.

Las cifras aquí mencionadas podrán ser consultadas en la página del INEGI en Internet:

http://www.inegi.org.mx/sistemas/bie/

http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/cn/cons_priv/default.aspx

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  • Índice Nacional de Precios al Consumidor, junio de 2015

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Aguascalientes, Ags. 9 de julio 2015.- (aguzados.com).- El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) informa que en junio de 2015, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) registró un crecimiento de 0.17 por ciento respecto al mes inmediato anterior, así como una tasa de inflación anual de 2.87 por ciento. En el mismo periodo del año anterior los datos correspondientes fueron de 0.17 por ciento mensual y una tasa anual de 3.75 por ciento.

El índice de precios subyacente alcanzó una variación mensual de 0.21 por ciento y una tasa anual de 2.33 por ciento. Por su parte, el índice no subyacente reportó un aumento de 0.04 por ciento mensual y una tasa anual de 4.63 por ciento.

Al interior del índice de precios subyacente, los subíndices de mercancías y servicios mostraron un incremento de 0.21 por ciento, de manera individual.

Dentro del índice de precios no subyacente, el subíndice de los productos agropecuarios presentó una disminución de (-) 0.24 por ciento, en tanto que los precios de los energéticos y tarifas autorizadas por el gobierno se elevaron 0.21 por ciento.

Índice General

El Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) registró en junio de 2015 un incremento de 0.17 por ciento, misma variación que en igual mes de 2014.

En el siguiente cuadro se presentan las variaciones e incidencias que registraron durante junio de 2015 el INPC, así como los subíndices que lo integran. El aumento mensual de los componentes, subyacente y no subyacente fue de 0.21 y 0.04 por ciento, en tanto que la contribución mensual a la inflación general de dichos indicadores se ubicó en 0.159 y 0.009 puntos porcentuales, respectivamente.

INPC, SUBYACENTE Y NO SUBYACENTE

Variación porcentual e incidencia durante junio en los años que se indican

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1/ La incidencia se refiere a la contribución en puntos porcentuales de cada componente del INPC en la inflación general. Ésta se calcula utilizando los ponderadores de cada subíndice, así como los precios relativos y sus respectivas variaciones. En ciertos casos, la suma de los componentes de algún grupo de subíndices puede tener alguna discrepancia por efectos de redondeo.

2/ Incluye alimentos procesados, bebidas y tabaco, no incluye productos agropecuarios.

3/ Este subíndice incluye vivienda propia, renta de vivienda, servicio doméstico y otros servicios para el hogar.

4/ Incluye loncherías, fondas y taquerías, restaurantes y similares, servicio telefónico local fijo, servicio de telefonía móvil, consulta médica, servicios turísticos en paquete, entre otros.

INPC, Subyacente y No Subyacente

El comportamiento anual del INPC en junio de 2015 fue de una alza de 2.87 por ciento, mientras que en el mismo mes del año anterior fue de 3.75 por ciento. La variación anual de los índices subyacente y no subyacente en el mes que se reporta se estableció en 2.33 y 4.63 por ciento, respectivamente; en el mismo periodo de 2014 las cifras correspondientes fueron de 3.09 y 5.96 por ciento.

A continuación se presentan los principales genéricos cuyas variaciones de precios, al alza y a la baja destacaron por su incidencia sobre la inflación general.

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR:

GENÉRICOS CON MAYORES INCIDENCIAS

Variación porcentual en junio de 2015

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1/ La incidencia se refiere a la contribución en puntos porcentuales de cada componente del INPC a la inflación general. Ésta se calcula utilizando los ponderadores de cada subíndice, así como los precios relativos y sus respectivas variaciones.

En el siguiente cuadro se presentan las principales localidades que registraron las mayores y menores variaciones mensuales, en el mes que se reporta.

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR:

LOCALIDADES CON MAYOR Y MENOR VARIACIÓN

Variación porcentual en junio de 2015

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El comportamiento de los subíndices que integran el INPC, según la clasificación del consumo individual por finalidades (CCIF), en la segunda quincena de junio de 2015 se muestra a continuación:

ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR:

CLASIFICACIÓN DEL CONSUMO INDIVIDUAL POR FINALIDADES

Variación porcentual

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1/ Incluye productos y servicios de cuidado personal, relojes, maletas, seguro de automóvil, servicios funerarios y profesionales, entre otros.

El nivel del Índice Nacional de Precios al Consumidor (base segunda quincena de diciembre de 2010=100) se ubicó en la segunda quincena de junio de 2015 en 115.974 y 115.958 en el mensual.

El índice de precios al consumidor de la canasta básica aumentó 0.05 por ciento en junio de 2015 respecto al mes anterior, obteniendo de este modo una tasa anual de 2.31 por ciento. En el mismo mes de 2014 las cifras correspondientes fueron de 0.37 y 4.81 por ciento, respectivamente.

Nota metodológica

Para el cálculo se cotizaron los precios en 46 ciudades, las cuales están ubicadas en las 32 entidades federativas.

Se recaban en promedio 117 mil 500 precios quincenalmente agrupados en 283 conceptos de consumo genéricos, los cuales abarcan 48 ramas de actividad económica.

La recolección de precios de los alimentos se realiza por lo menos dos veces durante la quincena que se reporta; para el resto de los productos se obtienen por lo menos una vez en dicho periodo. Estas cotizaciones dan lugar a índices de precios relativos, los cuales, ponderados conforme a la fórmula de Laspeyres, generan los índices nacionales correspondientes a los distintos conceptos de consumo familiar.

La canasta de bienes y servicios considera el total del gasto en consumo de los hogares urbanos y la estructura de ponderación se obtuvo de los gastos reportados en la Encuesta Nacional de Ingreso y Gasto de los Hogares 2010. Cabe señalar que la base de referencia del cálculo del INPC es la segunda quincena de diciembre de 2010.

Las cifras aquí mencionadas podrán ser consultadas en la página del INEGI en Internet: www.inegi.org.mx.

Herramientas de análisis de los Índices Nacionales de Precios

El INEGI lo invita a conocer y hacer uso de las herramientas para el análisis y entendimiento de los índices nacionales de precios, disponibles en el apartado Divulgación dentro de la sección Índices de Precios de su página web.

http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/inp/Default.aspx

• Caleidoscopio. Muestra la forma en que los consumidores, en promedio, distribuyen su gasto en 8 grupos y 36 subgrupos, así como, las variaciones en los precios de los mismos.

• Gráfica dinámica. Proporciona elementos gráficos que permiten comprender el concepto de variación de precios y su evolución en el tiempo.

• Mapa de precios. Presenta en forma dinámica las variaciones anualizadas de los precios por ciudad y región, así como la participación o peso que tienen estos en el INPC.

• Simulador de inflación. Permite comparar la inflación de una familia, mediante su forma de gastar, con el promedio de nuestro país.

En el apartado Productos y servicios dentro de la sección de Índices de Precios, está disponible la:

• Consulta de precios promedio. Permite consultar y exportar el precio promedio mensual de cada uno de los productos específicos utilizados para el cálculo del INPC.

http://www.inegi.org.mx/sistemas/preciospromedio_inpc/

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  • La Profeco informa a los consumidores para que no sean sorprendidos

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México, D.F., 7 de julio 2015.- (aguzados.com).- La publicación de la “Carta de Derechos Mínimos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones” reduce la desigualdad informativa entre consumidores y proveedores, pero además facilita el conocimiento de los derechos del usuario y permite ejercer el derecho a la información por parte de las y los consumidores. 

Al señalar lo anterior, Lorena Martínez, Procuradora Federal del Consumidor (Profeco), resaltó la obligación que ahora tienen los proveedores de entregar dicha carta a consumidores, así como el compromiso de publicar el contenido de la misma en portales de proveedores y de instituciones como Profeco e IFT.

Asimismo, la defensora del consumidor consideró que la importancia de publicar esta carta radica en que en un solo instrumento se resume la mayor parte de los derechos de usuarios de telecomunicaciones que se establecen tanto en la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) como en la Ley Federal Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).

A continuación se reproduce dicho documento para que los lectores de www.aguzados.com estén debidamente informados.

ACUERDO

ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 191 de la LFTR, la Procuraduría Federal del Consumidor y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, proceden a determinar los derechos mínimos de la carta en los siguientes términos:

"CARTA DE DERECHOS MÍNIMOS DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE

TELECOMUNICACIONES

COMO USUARIO DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES (1) ESTOS SON TUS PRINCIPALES DERECHOS:

I. LIBERTAD DE ELEGIR.

1. Libre elección.

TÚ TIENES DERECHO a elegir libremente el servicio o servicios que quieras contratar, el proveedor que te lo proporcionará, el equipo o dispositivo que utilizarás (ejemplo celular, televisión, tableta, etc.), el plan y medio de pago que tendrás. (2)

La información, promoción y/o publicidad deben ser oportunas, completas, claras, comprobables, veraces, y exentas de textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que te induzcan o puedan inducirte a error o confusión por engañosas o abusivas, de manera que siempre puedas elegir con pleno conocimiento. En todo caso, el proveedor está obligado a cumplir lo que haya ofrecido a través de cualquier tipo de información, promoción o publicidad emitida. (3)

2. Servicios adicionales.

TÚ TIENES DERECHO a elegir el o los servicios que desees contratar, sin que el proveedor te condicione o te obligue a contratar servicios o productos adicionales al principal o en paquete. (4)

Tienes derecho a que el proveedor te informe los servicios o productos adicionales, especiales o conexos al servicio básico y a elegir libremente respecto de la contratación de los mismos. Asimismo, puedes dar por terminada la prestación de dichos servicios o productos adicionales, sin que ello implique la suspensión o cancelación de la prestación del servicio básico. (5)

II. DERECHO A LA PORTABILIDAD Y EL DESBLOQUEO.

3. Portabilidad.

TIENES DERECHO a cambiarte gratuitamente de compañía conservando el mismo número telefónico, tantas veces como lo decidas, acudiendo con la nueva compañía con la que deseas contratar, quien deberá realizar la portabilidad durante las 24 horas siguientes a tu solicitud, o si así lo deseas, tienes derecho a decidir sobre la fecha en que quieres que se ejecute la portabilidad, siempre y cuando ésta no exceda de 5 días hábiles a partir de que presentes tu solicitud. (6)

TÚ TIENES DERECHO a partir de la fecha en que se ejecute la portabilidad y sin la exigencia de requisitos adicionales, a finiquitar de manera automática la relación contractual con el proveedor que antes te prestaba el servicio, únicamente de aquellos servicios cuya prestación requiera de los números telefónicos a ser portados, por lo que los servicios que no requieran de los números telefónicos portados podrán continuar activos en los términos establecidos en los contratos. (7)

TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor con el que decidas cambiarte, te proporcione la información necesaria para acceder al Sistema de Información en internet que te permita saber el estado que guarda tu solicitud de portabilidad. (8)

Una vez que has iniciado el proceso de portabilidad, si así lo decides, tienes derecho a cancelarlo de manera gratuita. (9)

TÚ TIENES DERECHO a recibir el pago de las penas convencionales previstas en el contrato, en caso de que no se cumplan los plazos de portabilidad correspondientes. (10)

TÚ TIENES DERECHO a realizar la portabilidad de tu número telefónico pese a tener adeudos pendientes con el proveedor que te prestaba los servicios de telecomunicaciones, sin que ello te exente de pagar los adeudos pendientes y, en su caso, las penalizaciones por terminación anticipada, así como devolver los equipos que no sean de tu propiedad. (11)

4. Desbloqueo de equipo o dispositivo.

TÚ TIENES DERECHO, cuando adquieras un equipo, a que el proveedor te informe por escrito si ese equipo se encuentra bloqueado para que sólo pueda ser utilizado en su red y en tal caso, debe informarte cómo podrá ser desbloqueado.

TÚ TIENES DERECHO al desbloqueo del equipo móvil cuando concluya el plazo del plan contratado, o bien, cuando hayas liquidado el precio total del equipo. Cuando lo hayas pagado de contado en un esquema de pre-pago, el proveedor o su distribuidor te deberán proporcionar la clave de desbloqueo de tu equipo al momento de entregártelo. (12)

III. DERECHO A CONDICIONES DE CONTRATACIÓN CLARAS, JUSTAS Y EQUITATIVAS.

5. Información sobre términos y condiciones de contratación.

TÚ TIENES DERECHO a conocer, antes de contratar, todos los términos y condiciones establecidos en el contrato de adhesión, de manera clara, suficiente, veraz y precisa. Dicho contrato deberá estar disponible en la página de Internet del proveedor. (13)

Al momento de contratar, el proveedor deberá entregarte por escrito el contrato de adhesión, el cual debe estar escrito en idioma español y con caracteres legibles a simple vista. (14)

El contrato de adhesión deberá contener, cuando menos, la descripción del servicio que contratarás, las obligaciones de las partes, los términos y condiciones bajo los cuales se prestarán los servicios, las penas convencionales y los supuestos de terminación y modificación. Asimismo, deberá contener las especificaciones técnicas y comerciales, incluyendo la calidad y, en su caso, velocidad del servicio de telecomunicaciones a contratar, entre otras.(15)

Asimismo, el contrato deberá indicar los medios disponibles de atención a clientes y, en su caso, horarios de atención de los mismos. (16)

Tienes derecho a exigir al proveedor que cumpla con las condiciones ofrecidas o implícitas en el contrato de adhesión y en la publicidad, así como en cualquier información y desplegados que difunda u ofrezca. (17)

6. Contrato registrado ante Profeco y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

TÚ TIENES DERECHO a que el contrato de adhesión a través del cual contrates un servicio, esté autorizado y registrado por la Profeco y ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones. (18)

El contrato de adhesión que te entregue el proveedor deberá también estar disponible en su portal de internet y deberá coincidir con el autorizado y registrado en Profeco y el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Consulta el contrato autorizado y registrado en el portal de internet www.profeco.gob.mx y en www.ift.org.mx (19)

7. Modificaciones sólo con tu consentimiento.

TÚ TIENES DERECHO a que el contrato celebrado con el proveedor, únicamente pueda ser modificado con tu consentimiento expreso. (20)

Tienes derecho a que cualquier modificación al contrato, esté previamente autorizada y registrada ante Profeco y el Instituto Federal de Telecomunicaciones. (21)

Si no estás de acuerdo con las modificaciones o no diste tu consentimiento, puedes exigir el cumplimiento forzoso o dar por terminado el contrato sin penalización alguna para ti, aunque el plazo forzoso no haya vencido. (22)

En todo caso, si el servicio no se presta conforme al contrato por causas imputables al proveedor, éste deberá hacerte la bonificación, sin perjuicio de la indemnización que en su caso corresponda por daños y perjuicios. (23)

8. Conceptos de pago desglosados.

TÚ TIENES DERECHO a que en el contrato, facturas y comprobantes de pago, se desglose por separado la parte que corresponda a las tarifas por los servicios contratados; la compra o renta de los equipos, y otros cargos de instalación u otros accesorios, como seguros, fianzas, membresías, etcétera, así como la periodicidad de estos cargos. (24)

9. Terminación del Contrato.

TÚ TIENES DERECHO a terminar el contrato y cambiar de paquete o plan de forma anticipada y, en su caso, sólo pagar el remanente del equipo (ejemplo: celular, televisión, tablet, etc.) y, en su caso, la pena convencional pactada. (25)

Asimismo, si el plazo de tu contrato concluye y no quieres continuar con tu proveedor, puedes cancelarlo y el proveedor ya no te deberá cobrar el periodo subsecuente, excepto cuando se renueve el contrato por continuar usando y pagando los servicios de telecomunicaciones contratados originalmente. (26)

La terminación del contrato, la podrás realizar a través de los mismos medios por los que contrataste, así como a través de mecanismos ágiles disponibles puestos a disposición por el proveedor, incluyendo medios electrónicos. (27)

Una vez que solicites la terminación del contrato o la baja de determinados servicios, el proveedor deberá informarte a partir de cuándo se encuentra obligado a realizar la cancelación o baja de dichos servicios. Si transcurrido dicho plazo, el proveedor no ha realizado la cancelación o baja, tienes derecho a que no se te cobren los cargos que se llegaren a generar por dicho concepto. (28)

10. Penas convencionales proporcionales y recíprocas.

TÚ TIENES DERECHO a que las penas convencionales por incumplimiento del contrato por alguna de las partes, sean recíprocas, razonables y equitativas.

Profeco verificará que en los contratos de adhesión se establezcan penas convencionales recíprocas y razonables.

En ningún caso, el proveedor podrá exigirte doble penalización por el mismo incumplimiento, ni tampoco podrá exigirte penas superiores al monto que resta por pagar conforme al contrato. (29)

11. Renovación sin pago del equipo.

TÚ TIENES DERECHO a que en caso de que decidas renovar tu contrato de servicios móviles (tiempo aire, mensajes cortos, datos, servicios de valor agregado) y no adquieras un nuevo equipo o dispositivo, el pago esté integrado exclusivamente por las tarifas registradas ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones aplicables a los servicios, sin monto alguno por el equipo. (30)

12. Suspensión del servicio por falta de pago.

TÚ TIENES DERECHO a que previamente a la suspensión del servicio por falta de pago, el proveedor te avise de dicha suspensión. (31)

TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor te suspenda sólo aquellos servicios cuyo pago no realizaste. (32)

IV. CARGOS POR SERVICIO.

13. Larga Distancia.

TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor no te cobre cargos de larga distancia por llamadas que realices, dentro del país, a cualquier destino nacional (a números fijos o móviles). (33)

14. Cobro por segundo.

TÚ TIENES DERECHO a que en los servicios medidos por duración de las comunicaciones, el proveedor te ofrezca la opción de cobro por segundo, sin perjuicio de que también te ofrezca la opción de cobro por minuto, por evento, por capacidad o cualquier otra modalidad. (34)

15. Consulta gratis tu saldo.

TÚ TIENES DERECHO a consultar tu saldo sin costo y sin que te condicionen a comprar saldo adicional, así como al abono de tu saldo no consumido a la fecha de expiración, acumulándolo a las recargas que realices dentro del año siguiente a la fecha de expiración del mismo. (35)

16. Estados de cuenta, comprobantes de pago y/o facturas claras y desglosadas.

TÚ TIENES DERECHO a que los estados de cuenta, comprobantes de pago y/o facturas que expida tu proveedor de servicios, sean claros, legibles y contengan de manera desglosada los conceptos por el costo de los servicios, los equipos, servicios adicionales, cargos de instalación u otros accesorios como seguros, fianzas, membresías y demás cargos realizados. (36)

En ningún caso, el proveedor podrá cobrarte servicios que no hayas aceptado expresamente. (37)

Si eres usuario de servicios de telecomunicaciones en modalidad de prepago, igualmente TÚ TIENES DERECHO a solicitar y obtener comprobantes de pago e información desglosada sobre tu consumo y cargos cobrados. El proveedor deberá informarte de qué manera puedes obtener dicha información. (38)

V. DERECHO A LA CALIDAD EN EL SERVICIO Y EN EL EQUIPO TERMINAL.

17. Derecho a exigir calidad en el servicio.

TÚ TIENES DERECHO a exigir la calidad que el proveedor se haya obligado a cumplir, a través de su publicidad o contrato de adhesión. Recuerda que existen indicadores de calidad para el servicio móvil, como intentos de llamadas fallidas, llamadas interrumpidas, tiempo de establecimiento de llamadas, integridad de mensajes, sesiones de internet interrumpidas, velocidad de datos promedio de descarga, entre otros, los cuales son revisados y publicados periódicamente por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.(39)

TÚ TIENES DERECHO a que, en la prestación de los servicios, el proveedor cumpla con los estándares de calidad determinados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones. (40)

18. Bonificación o descuento.

TÚ TIENES DERECHO a que se te bonifique si el servicio no se presta conforme a la calidad y condiciones convenidas en el contrato, o por fallas o cargos indebidos por causas imputables al proveedor, con al menos el 20% del monto del periodo de afectación y del precio del servicio. Lo anterior, sin que sea necesario que presentes una reclamación y sin perjuicio de ejercer las acciones legales respectivas para reclamar la indemnización que en su caso corresponda por daños y perjuicios. (41)

19. Garantía mínima y póliza de garantía.

TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor te ofrezca una garantía del equipo, de cuando menos sesenta días naturales a partir de la entrega del mismo.

Para tal efecto, el proveedor deberá entregarte con tu equipo, una póliza por escrito y en español que deberá contener de manera clara su alcance, duración, condiciones, mecanismos para hacerla efectiva, domicilio para reclamaciones y establecimiento o lugar para reparaciones. (42)

En caso de no otorgar garantía, el proveedor debe informártelo por escrito, así como las consecuencias e implicaciones por no otorgarla. (43)

20. Reparaciones.

TÚ TIENES DERECHO a que el tiempo que duren las reparaciones efectuadas a tu equipo por concepto de garantía, no se descuente del plazo de garantía.44)

Cuando el equipo haya sido reparado o repuesto, el proveedor deberá entregar una nueva garantía para las piezas repuestas.45)

El proveedor debe asegurar que se te proporcione la infraestructura, capacidad técnica, mano de obra, así como refacciones y accesorios necesarios para proporcionar los servicios establecidos en la garantía del equipo terminal de telecomunicaciones, cuando ésta se ofrezca. (46)

21. Restitución de equipos defectuosos, rescisión y devolución.

Cuando el equipo presente defectos o no sirva para el uso que está destinado, TÚ TIENES DERECHO a optar por la restitución del equipo, rescindir el contrato y la devolución del precio pagado o pedir la reducción del precio. Además, en cualquiera de los casos anteriores, tienes derecho a la bonificación respectiva la cual no podrá ser menor del 20% del precio pagado. (47)

VI. DERECHO A LA INFORMACIÓN.

22. Información clara y oportuna.

TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor te informe antes de la contratación sobre los precios, tarifas, garantías, penalidades, compensaciones, cantidades, calidad, medidas, intereses, cargos, términos, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones de la prestación del servicio, conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido y, bajo ninguna circunstancia podrá negarte dicho servicio. (48)

TÚ TIENES DERECHO a conocer la cobertura del proveedor, la cual podrás consultar en los centros de atención y/o distribución, en la página de internet del proveedor y deberá proporcionártela en caso de que la solicites. (49)

23. Acceso a la información para la defensa de tus derechos.

TÚ TIENES DERECHO a recibir una constancia de las reclamaciones, solicitudes y, en general, de todas las gestiones con incidencias en tu servicio que realices ante el proveedor. Si el medio de atención del proveedor fue telefónico, el proveedor está obligado a informarte que tienes derecho a recibir un documento que acredite la presentación y contenido de la reclamación, incidencia o gestión mediante cualquier soporte que permita tal acreditación. (50)

TÚ TIENES DERECHO a ser informado del estado de los trámites que has realizado ante el proveedor, en el momento en el que lo solicites.

24. Sistema de atención telefónica para quejas y consultas.

TÚ TIENES DERECHO a acceder gratuitamente, las 24 horas del día, los trescientos sesenta y cinco días del año, a un sistema de atención telefónica o electrónico del proveedor, en el que podrás realizar cualquier tipo de consulta o presentar una reclamación sobre el servicio que se te proporciona. (51)

En el caso de telefonía móvil, el sistema de atención deberá ser telefónico, para lo cual una vez que hayas accedido al mismo y elijas hablar con un representante autorizado, el tiempo de espera para que te atiendan no deberá exceder de sesenta segundos. (52)

25. Tarifas registradas ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

TÚ TIENES DERECHO a que te respeten la tarifa registrada ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, que ofrecen los proveedores de cualquier servicio de telecomunicaciones. (53)

En caso de que las tarifas que te apliquen no se encuentren registradas ante el Instituto, o si lo están, no se te respetan, puedes presentar tu queja o denuncia.

VII. DERECHO A LA PRIVACIDAD Y A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

26. Protección de tus datos personales.

TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor resguarde y proteja tu información personal, como tu nombre, domicilio, correo electrónico, número telefónico y otros. (54)

Asimismo, tiene la obligación de informarte qué datos recaba de ti y con qué fines los utilizará a través de un aviso de privacidad. Tienes derecho a que los datos que proporcionaste sean usados únicamente para los fines que autorizaste y en todo momento, tienes derecho a la seguridad del resguardo de los mismos. (55)

En cualquier caso, puedes Acceder, Rectificar, Cancelar tu información y Oponerte a su uso, lo cual se conoce comúnmente como "Derechos ARCO". (56)

En caso de pérdida o daño causado a tus datos personales, el proveedor debe notificarte. (57)

27. Protección de tus comunicaciones y los datos que las identifiquen.

TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor resguarde y proteja tus comunicaciones, así como los datos que identifiquen las mismas, tales como fecha, hora y duración de las llamadas, mensajes o datos que identifiquen el origen y destino de éstos, entre otros, garantizando su confidencialidad y privacidad. (58)

28. A no recibir llamadas o mensajes de promociones comerciales no autorizadas.

TÚ TIENES DERECHO a no recibir llamadas de tu proveedor o de cualquier otro, para promover o vender servicios o paquetes, a menos que expresamente manifiestes tu consentimiento. (59)

VIII. DERECHOS DE ACCESIBILIDAD DE LOS USUARIOS CON DISCAPACIDAD.

29. Equipos o dispositivos accesibles para personas con discapacidad.

TÚ TIENES DERECHO a contar, previa solicitud de tu parte, con equipos o dispositivos, que tengan funcionalidades, programas o aplicaciones, que permitan la accesibilidad a personas con discapacidad motriz, visual y auditiva. (60)

Además, tienes derecho a acceder a un número telefónico para servicios de emergencia que contemple mecanismos que permitan identificarte y ubicarte geográficamente. (61)

30. Las instalaciones o centros de atención contarán con adaptaciones y personal capacitado para atender a personas con discapacidad.

TÚ TIENES DERECHO a que las instalaciones o centros de atención al público de tu proveedor, cuenten con adaptaciones, modificaciones o mecanismos de accesibilidad, así como con personal capacitado para que tú recibas una atención adecuada. (62)

31. Páginas de Internet con funcionalidades de accesibilidad.

TÚ TIENES DERECHO a que las páginas o portales de Internet, o números telefónicos de atención al público del proveedor, cuenten con funcionalidades de accesibilidad, y a recibir atención de su parte a través de personal capacitado. (63)

IX. DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN.

32. Derecho a no ser discriminado en el acceso a la contratación y prestación de los servicios de telecomunicaciones.

TÚ TIENES DERECHO a acceder, contratar o que se te presten los servicios de telecomunicaciones, sin que el proveedor te pueda discriminar por origen étnico o nacionalidad, género, edad, discapacidades, condición social, salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que menoscabe o anule tus derechos y libertades como persona. (64)

33. Derecho a la neutralidad de la red.

TÚ TIENES DERECHO a acceder a cualquier contenido, aplicación o servicio ofrecido por el proveedor, dentro del marco legal aplicable, sin limitaciones, degradaciones, restricciones o discriminaciones.

TÚ TIENES DERECHO a conocer, a través del portal de internet del proveedor, las características del servicio, velocidad (como bits por segundo de subida y descarga de información, así como los factores que pueden disminuir la velocidad del servicio) y calidad autorizados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones. (65)

TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor preserve tu privacidad y la seguridad de la red, a que tu proveedor no obstruya, interfiera, inspeccione, filtre o discrimine contenidos, aplicaciones o servicios. También tienes derecho a recibir la capacidad, velocidad y calidad que contrataste con independencia del contenido, origen, destino, aplicación o servicio que se te provean a través de internet. (66)

X. DERECHO DE ACCESO GRATUITO A UN NÚMERO TELEFÓNICO DE SERVICIOS DE EMERGENCIA.

34. Servicios de emergencia.

TÚ TIENES DERECHO a que el proveedor te informe el número único de emergencias y a acceder de manera gratuita a dicho número, el cual permitirá identificar y ubicar geográficamente tu llamada y, en su caso, los mensajes de texto que se envíen. (67)

XI. DERECHO A LA SUSPENSIÓN DEL SERVICIO POR REPORTE DE ROBO O EXTRAVÍO

35. Reporte de robo o extravío de equipos.

TÚ TIENES DERECHO a reportar a tu operador a través de procedimientos expeditos, el robo o extravío de tu equipo móvil, para que éste suspenda inmediatamente el servicio de los equipos o dispositivos móviles. (68)

Una vez que reportaste tu equipo como robado o extraviado, el proveedor no podrá seguirte cobrando el servicio. (69)

XII. DERECHOS ADICIONALES DE LOS USUARIOS DE TELEVISIÓN DE PAGA (POR CABLE O VÍA SATÉLITE).

36. Recibir gratuitamente las señales de TV Abierta.

TÚ TIENES DERECHO a recibir gratuitamente las señales de los canales de TV Abierta que se radiodifundan dentro de tu zona de cobertura geográfica y, las señales de los canales transmitidos por Instituciones Públicas Federales, si cuentas con televisión de paga por cable.

Si cuentas con televisión de paga por satélite, tienes derecho a recibir gratuitamente las señales de TV Abierta de los canales "Canal de las Estrellas", "Canal 5", "Azteca Siete" y "Azteca Trece", así como, los canales transmitidos por Instituciones Públicas Federales. (70)

37. Bloqueo de aplicaciones o servicios.

TÚ TIENES DERECHO a que los proveedores bloqueen los contenidos, aplicaciones o servicios que solicites. Podrás realizar esta petición por los mismos medios disponibles para realizar la contratación. (71)

38. Control parental.

TÚ TIENES DERECHO a que los proveedores te proporcionen un servicio de control parental previa solicitud de tu parte, y que publiquen de manera clara las características operativas de este servicio y las instrucciones para que puedas operar las aplicaciones necesarias para su correcto funcionamiento. (72)

XIII. DERECHO A LA PROTECCIÓN.

39. Derecho al acceso a los órganos administrativos.

 TÚ TIENES DERECHO a la protección y representación de Profeco para asegurar que tus derechos sean respetados, con vistas a la prevención de daños patrimoniales y morales individuales y colectivos, garantizando la protección jurídica, económica administrativa y técnica. (73)

40. Interposición de quejas y denuncias por incumplimientos del proveedor.

TÚ TIENES DERECHO a presentar quejas y denuncias ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Procuraduría Federal del Consumidor, ante cualquier incumplimiento del proveedor.

Al iniciar un procedimiento conciliatorio derivado de una queja ante Profeco, tienes derecho a que, mientras dure el mismo, no te suspendan los servicios de telecomunicaciones por falta de pago. (74)

Tienes derecho a presentar una queja ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones por las fallas de los servicios o incumplimientos de los operadores a sus obligaciones, a efecto de que se hagan las verificaciones correspondientes y, en su caso, se inicie un procedimiento de sanción.

41. Representación colectiva.

TÚ TIENES DERECHO a ser representado en una acción colectiva ante el incumplimiento de un proveedor, para buscar que se declare que el proveedor incurrió en conductas que dañaron tus intereses y tu patrimonio y que lo condenen a la indemnización de daños y perjuicios. El representante de tal colectividad o grupo puede ser Profeco, una asociación de consumidores registrada o bien un grupo de por lo menos 30 consumidores afectados que firmen la demanda. (75)

Estos son tus principales derechos como usuario de servicios de telecomunicaciones, existen otros que se encuentran en las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes y aplicables que el proveedor de servicios tiene la obligación de respetar.

Si quieres conocer más sobre tus derechos, visita la página de Internet del Instituto Federal de Telecomunicaciones www.ift.org.mx o la página de la Procuraduría Federal del Consumidor www.profeco.gob.mxy recuerda TÚ TIENES DERECHO."

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