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Control sanitario ante el robo de vacuna triple viral: ISSEA

  • Recomienda no aplicar la vacuna por no haber garantía en las condiciones de transporte y almacenamiento
  • La inobservancia de esta medida puede repercutir en la calidad, seguridad y eficacia de dichos insumos

vacuna10oct17bAguascalientes, Ags.- 10 de octubre de 2017.- (aguzados.com).- El titular del Instituto de Servicios de Salud (ISSEA), Sergio Velázquez García, recomendó a la población no aplicar a los menores de edad, la vacuna de la triple viral (sarampión, parotiditis y rubéola), luego de que la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), alertó sobre el robo de estos biológicos.

Solicitó a la población notificar de inmediato sobre algún producto sospechoso, a fin de coadyuvar en la localización de los productos y evitar el uso o aplicación de éstos, por no haber garantía en las condiciones de transporte y almacenamiento posteriores a su robo, lo cual puede repercutir en la calidad, seguridad y eficacia de dichos insumos.

Velázquez García dijo que la Dirección de Regulación Sanitaria ya trabaja en la búsqueda y notificación de los lotes de los insumos señalados, mediante la emisión de circulares y a través de medios electrónicos a los Servicios de Salud Estatales.

Dijo que de igual manera se está pidiendo a los profesionales de la salud que utilizan este tipo de productos, no adquirir insumos de proveedores que no cuenten con la documentación legal que ampare sus actividades, es decir, Licencia Sanitaria y Aviso de Responsable Sanitario.

Señaló que en caso de haber adquirido los lotes de los insumos en comento o haberlos administrado en pacientes, se deberán de resguardar y/o suspender la aplicación de los mismos; dar seguimiento a los pacientes en los que se aplicó; así como notificar de inmediato a la autoridad sanitaria de estas acciones.

Para concluir, sostuvo que la comercialización de este tipo de productos requiere de una autorización sanitaria y que de no contar con la misma, se estaría infringiendo lo dispuesto en el artículo 198 de la Ley General de Salud, con lo que el establecimiento podría hacerse acreedor de una multa que va desde los dos mil hasta los seis mil días de salario mínimo diario general vigente.

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