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Adiós a los ahorros de pensionados del IMSS

  • La información es escueta y confusa para que el trabajador llegue a conocer esta realidad.

Ciudad de México.- 2 de agosto de 2022.- (aguzados.com).- No son suficientes mil 115 semanas cotizadas para que muchos trabajadores como Tere puedan recibir una pensión de parte del IMSS, hoy bajo la dirección de Zoé Robledo. Sus ahorros se quedarán en el tintero, en el olvido y en manos de la institución, porque simplemente se vuelven incobrables.

La razón. Porque ya pasaron 5 años de que Tere no ha trabajado, y en la actualidad, por su edad y tema de salud, ya no es candidata para tener una nueva plaza laboral por un año consecutivo, a fin de reactivar sus ahorros y no perder sus recursos ahorrados.

Es cierto, Tere como muchos trabajadores está bajo el régimen del 73, es decir, no está incorporada a una Afore, de ser así, jamás hubiera perdió esos ahorros pese a que su cuenta se hubiera congelado por años, y nunca más hubiera laborado. 

Pero, “como se trata de un régimen anterior, la norma del IMSS obligaría a cualquier trabajador que quisiera acceder a una pensión, a trabajar un año más”. Empresas fantasmas, trabajos opcionales sin trabajar, entonces se abren como una opción para poder recuperar el dinero ahorrado por este gremio de mexicanos que trabajaron por años. ¿un delito a la nación? Claro que sí, pero ¿dejar en el tintero con una sola opción a muchos trabajadores que por diferentes temas no pudieron acceder al trámite de su pensión, ¿cómo se llamaría? 

La información es escueta y confusa para que el trabajador llegue a conocer esta realidad.

Más de 8 meses pueden pasar en trámites y espera. Primero para identificarse qué es quien dice ser, después para solicitar se defina sí alcanza o no las semanas cotizadas por ley (por lo menos mil semanas), después solicitar si alcanza pensión. 

Y los recursos ahorrados por el trabajador en Infonavit, que encabeza Carlos Martínez ¿se podrán recuperar? En teoría sí, pero todo puede suceder. Ya les contare esta travesía. ¿Cuántos trabajadores están en el caso de Tere? ¿a dónde van esos recursos?

Directivos del IMSS a quienes nos acercamos para consultar del tema, solo comentaron; “así está la norma establecida del IMSS, no podemos hacer nada”. Vaya estrategias, y aun así hace un año surgió la posibilidad de que el Gobierno Federal pudiera operar en una Afore o institución independiente los recursos de los trabajadores de menos ingresos. Claro, esta opción se frenó.  

¿SCJN pondrá piso parejo para las marcas en México? Es necesario que se tengan las mismas reglas y estrategias para todos. Este martes el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá declarar inconstitucional el artículo 151 fracción 1 de la Ley de Propiedad Industrial, el cual contraviene todas las disposiciones legales y extralegales en todo el mundo, acerca de la prescripción de las marcas otorgadas por las diversas oficinas de Propiedad Industrial del Mundo.

La Tesis 187/2021, aprobada por la Segunda Sala de la Corte, dispone que este artículo debe declararse inconstitucional, permite que en México no exista plazo de prescripción para demandar la nulidad de una marca concedida por la autoridad, es decir, pueden pasar 50 o 100 años y los

registros de marca legales y autorizados pueden ser impugnados por cualquier persona -nacional o extranjera- que solicite que se nulifique una marca ya establecida y otorgada conforme a la Ley.

En otras palabras, las marcas mexicanas que tanto trabajo ha costado posicionar y darles un valor en el mercado, se encuentran en la indefensión, contraviniendo incluso las políticas de la 4T de proteger los derechos nacionales y que “México no sea colonia de nadie”.

En ese sentido, se trata de que la legislación proteja los derechos de nuestras marcas y no deje la puerta abierta de forma permanente para que se inicien juicios de nulidad por el uso de las marcas que ya han pasado los filtros de muchos años de uso

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