- A partir de que se suprimió el secreto bancario para temas fiscales el SAT puede conocer las operaciones bancarias de los contribuyentes
Ciudad de México.- 25 de febrero de 2022.- (aguzados.com).- Las personas físicas, sin distinción alguna, se encuentran obligadas al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), respecto de todos los ingresos que perciban, sea cualquiera la fuente de obtención de este, según el artículo 1 de la ley del ISR.
De acuerdo con el especialista Mario Beltrán, director del Instituto de Capacitación y Estudios Fiscales, aún hay personas que piensan que existen cuentas bancarias no fiscalizadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Es decir, dichas personas creen que algunos depósitos o cantidades que son ingresadas a cuentas bancarias, nunca serán revisadas por la autoridad fiscal.
Sin embargo, el contador menciona que todo lo que ingrese a la cuenta bancaria se presume como ingreso, independientemente del concepto que el contribuyente decida ponerle.
Por ejemplo, el concepto de una transferencia electrónica no es un elemento que oculte el fondo de la operación, pues la autoridad fiscal identificará los movimientos de entrada la cuenta bancaria.
En caso de que no sean ingresos, el contribuyente deberá demostrarlo. De lo contrario, tendrá que pagar el Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Recomendaciones para transferencias electrónicas
Estas son las recomendaciones que Mario Beltrán ofrece a los contribuyentes:
1).- Las cantidades que recibas en tu cuenta bancaria (depósitos, transferencias, etc.) debes de tener la certeza que
- a) Ya pagaron impuestos por ti
- b) No deben de pagar impuestos (debes de contar con el fundamento).
2).- Un concepto en la transferencia no define si la transferencia está gravada o exenta.
3).- No importa la edad o condición social o económica, la ley es de aplicación general.
4).- Si vendes y recibes transferencias, te sugiero que te inscribas y pagues el impuesto para no tener problemas; aprovecha el nuevo Régimen Simplificado de Confianza.
Finalmente, cabe recordar que partir de que se suprimió el secreto bancario para temas fiscales, el SAT puede conocer las operaciones bancarias de los contribuyentes.
Por ejemplo, puede saber cuántas cuentas bancarias tiene un contribuyente, los saldos y los movimientos que se han realizado. Esto le permite a la autoridad revisar la información de las cuentas bancarias, para saber si los gastos del contribuyente corresponden a los ingresos que declaró.