- Guía para saber cuales productos y servicios son considerados como deducibles por el SAT
Ciudad de México..- 30 de enero de 2022.- (aguzados.com).- La declaración anual está a la vuelta de la esquina (se debe presentar en abril), por lo que es importante que sepas qué productos y servicios son los que no debes facturar pues no son aceptados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como deducibles.
Si bien, puedes pedir factura de casi todos los productos o servicios que adquieras, debes tener en cuenta que no todos son deducibles ante el SAT, que tiene reglas claras en este sentido.
Éstos son los productos que no vale la pena facturar, si eres persona física, pues no son deducibles:
- Los productos de higiene personal, a menos que se traten de limpieza para algún negocio o empresa
- Cualquier medicamento comprado en farmacia sin factura por hospitalización
- Ropa de niños
- Lavadoras, licuadoras y artículos en general para el hogar a menos que vayan a ser utilizados para un negocio.
En cuanto a servicios, en su página el SAT recomienda evitar deducir los siguientes servicios médicos pues no son considerados en la declaración anual:
- El 100% de tu factura cuando incluya otros conceptos no deducibles como copago, coaseguro, membresías de descuento, en hospitales: florería y cafetería, etc.
- Gastos, cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique
- Gastos médicos de tus mascotas
Además, es importante saber que para que sea considerado en tu declaración anual debes evitar deducir:
- Donativos si no se otorgaron a donatarias autorizadas o a la federación o cuando no exista el comprobante fiscal correspondiente emitido en el ejercicio que aplique
- Seguros como los de vida o de retiro
- Pagos por concepto de transporte escolar, cuando la escuela no obligue a todos los alumnos a contratar el servicio
- Otro tipo de gastos de transporte como el de excursiones y eventos especiales escolares, taxis, gasolina, seguros, entre otros.
Los gastos médicos que sí puedes deducir son los siguientes:
- Honorarios médicos
- Dentista, tratamientos y consultas
- Servicios de psicología y nutrición
- Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
- Gastos hospitalarios
- Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias)
- Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación
- Honorarios a enfermeras
- Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de 2 mil 500 pesos).