- Por usar dinero en efectivo para estas operaciones el SAT puede iniciar un procedimiento de discrepancia fiscal en tu contra
Ciudad de México.- 23 de julio de 2021.- (aguzados.com).- No pagar a tiempo tu tarjeta de crédito te puede hacer acreedor a tasas de interés demenciales y a la molesta insistencia de los cobradores de los bancos.
Sin embargo, también hay riesgos asociados al pago de las mismas, como ocurre si lo haces con dinero en efectivo.
Lo que sucede es que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene muchas dificultades para rastrear la procedencia del dinero en efectivo y como no tiene forma de detectar si ya pagaste impuestos por él, puede suponer que tienes más ingresos que los que declaraste.
Pongamos por ejemplo que sacas cierta cantidad de tu cuenta de nómina, diez mil pesos, y usas la mitad para pagar tu tarjeta de crédito. Como el SAT no tiene forma de saber que ya pagaste impuestos por los 5 mil pesos con los que estás pagando tu tarjeta, puede iniciar un proceso de discrepancia fiscal.
La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) lo describe como sigue:
Artículo 91 Discrepancia fiscal
Las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente, o bien a los que le hubiere correspondido declarar.
Si en su lugar pagas tu tarjeta sin sacar el dinero de tu cuenta bancaria, mediante una transferencia interbancaria, por ejemplo, el SAT podrá verificar fácilmente que ese es dinero por el cual ya pagaste el impuesto correspondiente, evitando así tener que hacer aclaraciones posteriores al fisco.