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Alcanza el 4.32 % el incremento de INPC: INEGI

  • Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) en la primera quincena de octubre de 2015

inegilogochAguascalientes, Ags, 22 de octubre 2015.- (aguzados.com).- El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) informa que durante la primera quincena de octubre de 2015 el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) registró un incremento de 0.46 por ciento, así como una tasa de inflación anual de 2.47 por ciento. En el mismo periodo de 2014 los datos fueron de 0.50 por ciento quincenal y de 4.32 por ciento anual.

El índice de precios subyacente  presentó un crecimiento de 0.16 por ciento y de 2.46 por ciento anual; mientras que el índice de precios no subyacente avanzó 1.44 por ciento, presentando una variación anual de 2.52 por ciento.

Dentro del subgrupo de bienes y servicios subyacente, los precios de las mercancías aumentaron 0.20 por ciento, y los referidos a los servicios subieron 0.12 por ciento.

Al interior del índice de precios no subyacente, los productos agropecuarios no mostraron variación en sus precios, en tanto que los precios de los energéticos y tarifas autorizadas por el gobierno se elevaron 2.35 por ciento, como resultado de la conclusión del subsidio en el programa de tarifas eléctricas de verano en varias ciudades que incluye el INPC.

Índice General

El Índice Nacional de Precios al Consumidor registró en la primera quincena de octubre de 2015 un aumento de 0.46 por ciento; en la misma quincena de 2014 se elevó 0.50 por ciento.

En el siguiente cuadro se presentan las variaciones e incidencias, durante la primera quincena de octubre de 2015, del INPC y de los subíndices que lo integran. La contribución al índice general de los índices subyacente y no subyacente fue de 0.119 y 0.344 puntos porcentuales, respectivamente.

INPC, Subyacente y no Subyacente

Primera quincena de octubre de los años que se indican

inegi22oct15

1/ La incidencia se refiere a la contribución en puntos porcentuales de cada componente del INPC en la inflación general. Ésta se calcula utilizando los ponderadores de cada subíndice, así como los precios relativos y sus respectivas variaciones. En ciertos casos, la suma de los componentes de algún grupo de subíndices puede tener alguna discrepancia por efectos de redondeo.

2/ Incluye alimentos procesados, bebidas y tabaco, no incluye productos agropecuarios.

3/ Este subíndice incluye vivienda propia, renta de vivienda, servicio doméstico y otros servicios para el hogar.

4/ Incluye loncherías, fondas y taquerías, restaurantes y similares, servicio telefónico local fijo, servicio de telefonía móvil, consulta médica, servicios turísticos en paquete, entre otros.

Las cifras aquí mencionadas podrán ser consultadas en la página del INEGI en Internet: www.inegi.org.mx

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