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Determinan para 2018 valor de Unidad de Medida y Actualización: INEGI

  • Se reforman y adicionan diversas disposiciones en materia de desindexación del salario mínimo

inegi5mar17Ciudad de México.- 9 de enero de 2018.- (aguzados.com).- Con fundamento en el artículo 26, apartado B, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desindexación del salario mínimo, así como el artículo 23 fracción XX Bis del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), corresponde a éste calcular el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La UMA es la unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.

De acuerdo con el citado artículo Segundo Transitorio, la actualización será anual, multiplicando la UMA inmediata anterior  por el resultado de la suma de uno más el crecimiento porcentual interanual del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), de diciembre del año inmediato anterior.

Con base en ello, y considerando que la variación del INPC a la que se hace mención en el artículo Segundo Transitorio fue de 6.77% en diciembre de 2017, el INEGI determina que el valor de la UMA en el año 2018 es de 80.60 pesos mexicanos valor diario.

El valor mensual es de dos mil 450 pesos con 24 centavos y el valor anual de 29 mil 402 pesos y 88 centavos, durante este 2018.

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