- Diversidad social y pluralidad política
Jorge Varona Rodríguez
Aguascalientes, Ags, 23 de abril de 2023.- (aguzados.com).- Un aspecto esencial para distinguir entre regímenes políticos representativos y no representativos es el énfasis al procedimiento jurídico-institucional, en contraste con las “concepciones sustanciales” (Cotta, p. 1432) que se refieren a regímenes que cuentan con un alto grado de legitimidad y aceptación ciudadana, aun sin elecciones competitivas, ya que obra o pretende actuar en tutela de los intereses populares.
En un caso y otro, las leyes son aplicadas por individuos que no fueron elegidos por el pueblo, sino que fueron designados por aquellos que sí recibieron el mandato (Poder Ejecutivo-Poder Legislativo), o lo ejercen de facto.
La representación política legitima a las minorías o élites a cargo de tomar decisiones a nombre del pueblo para regular la vida de la sociedad. Contradicciones y conflictos surgen cuando se advierte que, frecuentemente, esas élites responden a intereses específicos de una clase social o sólo de un parte de la sociedad. El problema llega a ser dramático cuando poderes de hecho internos o externos, económicos, criminales o clericales, llegan a tomar e impones decisiones al margen de la voluntad ciudadana, de los parlamentos e incluso de las leyes.
Bobbio advierte (El futuro de la democracia, 1996) “que no hay decisión política que no esté condicionada o incluso determinada por lo que sucede en la sociedad civil” [lucha de clases, economía, injerencia externa, familia, diversidad cultural, sexual] (66). Ello “nos obliga a aceptar que existen otros centros de poder además del Estado”. Esto es, sociedades poliárquicas en las cuales se articulan “grupos diferentes y contrapuestos, entre los cuales anidan tensiones profundas, desencadenan conflictos lacerantes y se desarrolla un proceso constante de composición y descomposición”. Diversidad y desigualdad económico-social, competencia nacional y global; “partidos o movimientos que luchan por el poder en la sociedad y en el Estado”; pluralismo ideológico, ya que no existe sólo una doctrina de Estado sino diferentes corrientes de pensamiento, versiones del mundo, plataformas políticas, “que dan vida a una opinión pública heterogénea, variada y polifacética” (pp 68-69). Todo lo cual no es sino una explicación de la lucha de clases, la pugna entre ideología dominante e ideología de los dominados.
“… la lucha contra el abuso de poder se desarrolla en dos frentes, contra el poder desde arriba en nombre del poder desde abajo y contra el poder concentrado en nombre del poder distribuido… La garantía contra el abuso de poder no puede nacer únicamente del control desde abajo, que es indirecto, sino debe contar con el control recíproco entre los grupos que representan a los diversos intereses, los cuales se expresan a su vez en diferentes movimientos políticos que luchan entre sí por la conquista temporal y pacífica del poder” (pp. 69-79). No lo menciona, pero Bobbio sin duda remite a Montesquieu: el poder controla el poder y la distribución social del poder. Abunda: “la pluralidad de oligarquías en mutua competencia … se vuelven cada vez menos oligárquicas y el poder no es solamente distribuido, sino también controlado” (70).
Parte esencial de esta realidad social y política, añade Bobbio, además de la libertad es “lo lícito del disenso”. Si en la democracia “basta el consenso de la mayoría”, ello “implica que exista una minoría que disiente”. En los sistemas políticos de “occidente” prevalece “disenso, competencia, concurrencia”. El único punto de acuerdo es el de “las reglas de la contienda”. (71) Abunda: “solamente allí donde el disenso es libre de manifestarse, el consenso es real y solamente allí donde el consenso es real, el sistema puede llamarse justamente democrático” (72).
Concluye: “la libertad de disenso tiene necesidad de una sociedad pluralista”, la cual “permite mayor distribución del poder” [lo que] abre las puertas a la democratización de la sociedad civil y, por último, la democratización de la sociedad civil amplía e integra la democracia política” (73)
Por su parte, Robert Dahl (Los dilemas del pluralismo democrático) al abundar sobre esta problemática, destaca la imbricación de aspectos políticos y civiles.
Las reflexiones de Dahl, extraídas de sus observaciones de la vida social y política de la América anglosajona y algunos países europeos, no necesariamente son aplicables para comprender la realidad de América Latina. Asimismo, las expresiones pluralismo y pluralista se refieren al “pluralismo organizativo, a la existencia de una pluralidad de organizaciones (subsistemas) relativamente autónomas (independientes) en el ámbito de un Estado” (p. 16). Precisa, además, que “en todos los países democráticos, algunas organizaciones son relativamente autónomas”. Y concluye: “un país es una democracia pluralista si a) es una democracia en el sentido de poliarquía; y b) las organizaciones importantes son relativamente autónomas. Por ende, todos los países democráticos son democracias pluralistas”. (16)