Saludo a Enrique “El Perro” Bermúdez en sus narrativas del futbol que viven ya en la cultura del pueblo mexicano
Ignacio Ruelas Olvera
Aguascalientes, Ags, 20 de diciembre de 2022.- (aguzados.com).- La construcción democrática de México en el siglo XXI no puede ser más que el resultado de las relaciones de pueblo y gobierno en un ambiente de democracia, en cuyo eje está el dialogo necesario en las relaciones humanas.
En este proceso está una proximidad ética en que la discusión transita por avenidas de la verdad, en verdades que no son propiedad de nadie, patrimonio comunitario con exigencia política dialógica, existencial, que demanda comportamientos y actitudes cotidianas que hilvanan acuerdos que satisfagan al conjunto de minorías que es como se integra la democracia.
Ejercer la política demanda ética para crear una atmosfera de posibilidades de obras colectivas sustentadas en acuerdos y regla del juego para impulsar acciones, debates, participación, deliberación…, en síntesis, una creación de vida compartida satisfactoria para la comunidad.
El legislador mexicano tiene el deber de ser parte de un diálogo de calidad que lo valorará como representante popular ético.
El ser ético del legislador se construye todo el tiempo, cada instante, es reciprocidad a la confianza ciudadana depositada en las urnas, esa relación con el “Otro” debe ser una certeza de acción legislativa que honre la democracia.
La razón es sencilla, la “toga ética legislativa” se honra en la vivencia del parlamento, en la discusión, en los acuerdos dignos para un pueblo generoso, como el nuestro.
El comportamiento ético de los representantes del pueblo se demuestra en las acciones en pro del “Otro y los demás”, una responsabilidad protestada ante la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y las leyes de ella emanan, en ese maravilloso instante ético el Derecho opera la representatividad constitucional.
Un político ético se compromete y comporta en virtud de los “Otros”, se apropia de un carácter que lo acompaña al dialogo, a interactuar y construir la vida de la Republica por consensos.
No podemos olvidar que las leyes son producto del trabajo y mérito del legislador, favorecen o perjudican al pueblo entero, por ello es vital el buen producto de su trabajo.
La ruta del proceso legislativo debe ser dignificada en cada una de sus etapas: iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicación e iniciación de la vigencia; las tres primeras a cargo del Legislativo y las restantes del Ejecutivo.
En esta ruta destaca que el encargo de representante del pueblo no solo debe estar señalado por la ley, es preciso que se ajuste a los imperativos éticos.
No le demos vuelta, lo que pende, depende, la ciencia jurídica nos dice que INCONSTITUCINALIDAD es violar, transgredir, mancillar, letra y ánimo de las normas, de la CPEUM, por leyes del Congreso de la Unión; en el entramado del proceso, también por actos del gobierno.
La ruta de corrección es una acción, que apalea se declare inaplicable el texto de la ley contrario a la Carta Magna. En el “famoso plan B” que impulsó el jefe del Ejecutivo Federal para reformar la materia electoral, no lo digo yo, lo declaró el senador zacatecano Ricardo Monreal (Cámara revisora), “encontré veintiún, violaciones constitucionales…,” de las cuales el Ministro del Interior les aprobó 6, seis (¿o sea cómo?); quince violaciones a la Constitución no consiguieron mérito, en esa reunión cupular se legisló, luego pasaron, por puro trámite, a ser votadas en el pleno, por conveniencia política, ideológica, capricho, venganza… o por todas, pero con defectos graves del proceso legislativo.
Más aún, se le había anexado una ocurrencia “la trasfusión de votos para la sobrevivencia de partidos con menos simpatía que el umbral normado” … sin rubor, luego fue amputada; atestiguamos actos legislativos sin responsabilidad ni honor con los electores que los contrataron por vía democrática para crear las normas de calidad para la vida compartida satisfactoria.
Habrá múltiples voces que manifiesten que el “plan B” trasgrede la Constitución, proferirán que contiene inconstitucionalidad.
En ese mérito, entidades gubernamentales podrán realizar acciones de inconstitucionalidad que eviten que la CEPUM sea vulnerada; los ciudadanos agraviados harán valer su derecho mediante juicio de amparo.
Al haber sido votadas en presencia del 33% de quienes integran las Cámaras del Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados, diputados federales, locales y senadores podrán pronunciarse en contra de la reforma ya que trasgrede la CPEUM y las constituciones de los Estados; de la misma manera los partidos políticos, la CNDH (?) ante la clara violación a derechos humanos. Además, las personas agraviadas laboralmente podrán promover juicios laborales y juicios para la protección de los derechos políticos del ciudadano.
El Estado de Derecho delimita el poder del propio Estado de Derecho, legitima criterios, moldea la ley que es un sagrario de legalidad, cuyo principio debemos honrar.
La ley no debe lesionar ni valores ni el orden jurídico-político, insisto, que la ley no puede violar.