- Te decimos los puntos más importantes de la Miscelánea Fiscal 2021 que se discutirán en Parlamento Abierto.
Ciudad de México.- 13 de octubre de 2020.- (aguzados.com).- El 8 de septiembre, la Cámara de Diputados recibió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) el Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2021. Este documento contiene los Criterios Generales de Política Económica, la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y la Miscelánea Fiscal.
Hoy empezará un periodo de siete días de Parlamento Abierto para discutir y aprobar la Miscelánea Fiscal 2021. Como explicamos en el Fiscoanalista hace unas semanas, la exposición de motivos establece los siguientes ejes de la propuesta:
Simplificación administrativa y seguridad jurídica
Para que el cumplimiento de las disposiciones fiscales sea más sencillo y los contribuyentes tengan claridad de sus derechos y obligaciones, se plantean actualizaciones, precisiones, así como el establecimiento de supuestos, requisitos y directrices claras. Esto tiene los siguientes objetivos:
• Otorgar mayor seguridad jurídica.
• Simplificar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias
• Delimitar la actuación de la autoridad fiscal, proscribiendo la arbitrariedad y la corrupción.
Modernización
La utilización de instrumentos tecnológicos, tales como el buzón tributario, sellos digitales para emisión de comprobantes, portal de internet y datos biométricos, configuran una administración tributaria moderna que permite comunicación permanente con el contribuyente. Por eso, se plantea la incorporación de nuevas herramientas, como el video y las fotografías, que permitirán el registro de los hechos que se conozcan.
Gestión tributaria
La Miscelánea Fiscal para 2021 incluye propuestas en las que se privilegia el ejercicio de las facultades de gestión tributaria: asistencia, control y vigilancia. Esto sobre las facultades de comprobación: inspección, verificación, determinación y liquidación. De acuerdo con el Ejecutivo Fiscal, esto es congruente con el principio de autodeterminación y confianza ciudadana, que parte de la idea inicial de que el contribuyente cumple adecuadamente con sus obligaciones fiscales.
Eficiencia recaudatoria
Se plantea mejorar la eficiencia recaudatoria con las siguientes acciones:
• Una reingeniería de la función de asistencia al contribuyente
• El impulso de la cultura contributiva.
• La obtención de información relevante de los contribuyentes.
• El empleo de la tecnología disponible.
• El fortalecimiento de las facultades de gestión de la autoridad fiscal para controlar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
• El reforzamiento de la seguridad jurídica.
Combate a la corrupción y la impunidad
Se propone fijar reglas de actuación para las autoridades fiscales, que redunden en la transparencia de la función y desalienten posibles prácticas irregulares. Asimismo, se plantea incorporar un tipo penal para sancionar la omisión en el pago de contribuciones por maquinaria y equipo importado temporalmente y no retornado al extranjero. Por último, se propone establecer claramente que el secreto fiscal no aplica tratándose de los requerimientos del ministerio público y la policía, en la investigación de hechos que la ley señale como delito.
Evasión y elusión fiscales
Se plantean adecuaciones a efecto de robustecer la vigilancia sobre los siguientes casos:
• Fusión y escisión de sociedades.
• Transmisión de pérdidas fiscales.
• Devoluciones de impuestos.
• Comprobantes fiscales que presumiblemente amparan operaciones simuladas.
• Donatarias autorizadas.
• Dictámenes fiscales.
• Acuerdos conclusivos.
• Precios de transferencia.
• Cancelación en el registro federal de contribuyentes (RFC).
Los temas más controversiales
Se espera que en los próximos días se discutan los puntos de la miscelánea que más han llamado la atención de empresarios y especialistas:
Visitas domiciliarias
En primer lugar están las nuevas atribuciones al SAT. En este sentido, una de las propuestas que más han llamado la atención es que el fisco podría emplear herramientas tecnológicas para recabar información. Esto incluye cámaras, grabadoras y celulares para grabar a los contribuyentes durante las visitas. La propuesta también dice que el personal del SAT estará obligado a guardar absoluta reserva sobre declaraciones, datos suministrados por el contribuyente y sobre la información obtenida en la visita.
En este punto, el principal problema, según especialistas, es la privacidad del contribuyente. Hace unas semanas, la Coparmex declaró lo siguiente para el portal El CEO: “Llama nuestra atención la pretensión del uso, por parte de las autoridades fiscales, de herramientas tecnológicas, como cámaras fotográficas, video y celulares, para recabar imágenes que sirvan como constancia de bienes del contribuyente. Esto constituye, desde un punto de vista constitucional, una violación al derecho a la intimidad de los contribuyentes”.
Ricardo Cervantes, miembro de la Comisión Fiscal del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), dijo a ese mismo medio que se debe establecer a qué podrá ser documentado por el personal del SAT. Además, quiere que se agregue que las cámaras serán de uso oficial y controladas por la autoridad para proteger al contribuyente.
Aseguramiento precautorio
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público presentó una propuesta para reformar el artículo 40-A del Código Fiscal de la Federación (CFF). Actualmente, este artículo establece los lineamientos a seguir para el aseguramiento precautorio de los bienes del contribuyente.
Con la modificación, el fisco podrá aplicar embargos precautorios a las cuentas de terceros que se opongan al ejercicio de facultades de comprobación. Básicamente, el SAT podrá embargar cuentas de terceros que no cooperen con la fiscalización. Esto incluye a clientes, proveedores y empleados de las empresas.
Acuerdos conclusivos
Los acuerdos conclusivos son un medio que permite a Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) ser el intermediario entre los contribuyentes y las autoridades tributarias, para que los pagadores de impuestos puedan solucionar su situación con el fisco.
Aquí se propone un cambio con el que se añadirán supuestos en los que no se celebrarían estos acuerdos:
• En actos derivados de la cumplimentación a resoluciones o sentencias.
• Para contribuyentes que se ubiquen en los supuestos del segundo y cuarto párrafos del artículo 69-B del CFF.
• Cuando se lleven a cabo las siguientes facultades de comprobación:
• Verificar la procedencia de la devolución de saldos a favor, en términos de los artículos 22 y 22-D del CFF;
• Compulsas a terceros, en términos de las fracciones II, III o IX del artículo 42 del CFF.
Por último, la propuesta dice que el límite para solicitar un acuerdo conclusivo será de 15 días siguientes al levantamiento del acta final o del oficio de observaciones.
El último día para aprobar la Miscelánea Fiscal en la Cámara de Diputados es el 20 de octubre. Después, será llevada al Senado, donde el último día para aprobarla es el 31 de octubre.