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Cambio a regla fiscal “antiabuso” iguala procedimientos penales y administrativos: especialistas

  • La aplicación de la llamada “regla antiabuso” busca que las autoridades fiscales tengan la facultad de iniciar al mismo tiempo procedimientos administrativos y penales.

Ciudad de México.- 20 de septiembre de 2020.- (aguzados.com).- En la Miscelánea Fiscal para 2021 se proponen cambios para las Leyes del ISR, IVA y IEPS, así como para el Código Fiscal de la Federación (CFF). Uno de los cambios propuestos para este último es concerniente a la regla general antiabuso, contenida en el artículo 5-A. La reforma fiscal de 2020 introdujo esta regla que busca combatir prácticas con las que algunos contribuyentes se colocan en una posición fiscal más favorable que otros que realizan la misma operación, lo que afecta la recaudación.

Actualmente en su último párrafo el numeral dice lo siguiente:

“Los efectos fiscales generados en términos del presente artículo en ningún caso generarán consecuencias en materia penal”.

Esta frase pretende aclarar que la reclasificación realizada por las autoridades no implica por sí misma la aplicación de sanciones de tipo penal. Sin embargo, tampoco implica, como se ha pretendido, que no se puedan iniciar investigaciones por la comisión de un delito, siempre que haya motivos para hacerlo.

Organismos empresariales como la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) se han pronunciado en contra de la medida, alegando que podría haber “abusos subjetivos” por parte de la autoridad.

Sin embargo, de acuerdo con César Julio Catalán Sánchez, integrante de la comisión técnica fiscal internacional del Colegio de Contadores Públicos de México, “esta reforma pretende aclarar que la regla antiabuso tendrá una aplicación administrativa y si se requiere, de manera penal”.

Catalán Sánchez manifestó que con esta adaptación, las autoridades por un lado pueden realizar auditorías, y por otro iniciar un procedimiento penal, sin limitantes en ambos casos. Es decir, se busca homologar lo administrativo y lo penal.

Puntualizó que “en el texto del 2020, parecía que solamente se podía hacer una auditoría sin poderse iniciar un procedimiento penal, por lo que esta reforma pretende dar certidumbre a contribuyentes como a las autoridades fiscales”.

Concluyó que, con esta modificación, se busca evitar el abuso de los contribuyentes que estén incumpliendo sus obligaciones o cometiendo delitos.

 

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