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¿Tienes una vivienda en renta? Estas son tus obligaciones fiscales

  • En esta temporada de declaración anual de impuestos es deseable echarle un vistazo a tus obligaciones para evitar sorpresas con el fisco

Ciudad de México.- 25 de abril de 2021.- (aguzados.com).- Es temporada de la declaración anual de impuestos y, aunque puede ser un trámite complicado, es importante realizarlo. Pero, ¿cuáles son tus obligaciones fiscales si tienes una vivienda en renta? En Propiedades.com te decimos en qué casos aplican y cómo hacerlo correctamente.

Leonardo González, analista Real Estate de nuestro portal, indica que el cumplimiento de las obligaciones fiscales es un requisito para realizar otras operaciones inmobiliarias.

“Esto permite garantizar los derechos de propiedad y mantener las viviendas sin adeudos y en regla. Con ello se evitan multas, cargos extra o intereses moratorios. El estatus fiscal de una propiedad también permite capitalizar su plusvalía y los beneficios de su transacción”, explica.

¿Qué es el ISR?

La renta de inmuebles es una actividad económica incluida en la declaración anual. Si tienes una propiedad y la pones en renta, debes estar dado de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como persona física.

De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), esta es la principal contribución cuando arriendas una propiedad. En el Capítulo III, artículo 114, fracción I, explica que deberás presentar los gastos e ingresos por arrendamiento en tu declaración anual.

Este impuesto tiene una tasa que va del 1.92 por ciento al 35 por ciento, dependiendo del monto de renta. Y debe pagarse anualmente (antes del 30 de abril) o a través de depósitos mensuales los días 17 de cada mes.

De esta manera, en abril solo deberás entregar el saldo restante al final del año fiscal. Por otro lado, si tienes saldo a favor, el SAT se encargará de devolverte tu dinero.

Deducción ciega y cómo calcular el ISR

En el régimen de arrendamiento, tienes dos opciones para determinar la cantidad de ISR a pagar. Con la primera, debes tener en cuenta los siguientes deducibles:

-Inversiones en la propiedad (construcción, mejoras y adecuaciones).

-Gastos de mantenimiento y por consumo de agua.

-Pagos de impuesto predial o cooperación con obras públicas.

-Contribuciones y salarios relacionados con la propiedad.

-Primas de seguros para la vivienda.

-Intereses por préstamos para el mejoramiento del inmueble.

Además, debes tener en cuenta el monto de renta que cobras por tu inmueble y saber el porcentaje proporcional aplicable. Por ejemplo, si tu inquilino te paga 4 mil 500 pesos al mes, la tasa aplicable es de 6.4 por ciento, deduciendo 4 mil 212 pesos.

La segunda opción es realizar una deducción ciega. Este beneficio fiscal te permite deducir el 35 por ciento de tus ingresos obtenidos por el alquiler de un inmueble. De esta manera evitarás realizar la comprobación de gastos. Por ejemplo, si el alquiler es de 10 mil pesos mensuales, 6 mil 500 pesos se volverían gravables.

 

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