(Segunda Parte)
- Es una de las razones de la desconfianza de los clientes ante las aseguradoras de automotores
- A partir de noviembre el seguro por daños a terceros será obligatorio, advierte José Abel Macías Campos
- Son más los beneficios que los prejuicios al tener asegurado el automóvil, advierte Juan Delgado Rojas, asesor profesional en seguros y fianzas
Alfonso Morales Castorena
Aguascalientes, Ags., 10 de junio de 2014.- (aguzados.com).-En esta segunda entrega del reportaje sobre seguros de automóviles y la normatividad que por ley deberá cumplirse a partir del próximo mes de noviembre, exigida por las autoridades a los automovilistas; como complemento del último párrafo de la primera parte, que refería que por disposición legal se tiene que contar con un Seguro de Responsabilidad Civil y Daños a Terceros, la sociedad contempla que tal medida puede llevarla a ser víctima de fraudes de las compañías aseguradoras.
Al respecto y a pregunta expresa sobre si hay honestidad de sus representantes o agentes de seguros y de sus empleados, llamados "ajustadores", el presidente de la Asociación Mexicana de Agentes de Seguros y Fianzas en Aguascalientes (AMASEF), José Abel Macías Campos, reconoció que existen fraudes dentro de la prestación del servicio que las diversas compañías aseguradores ofrecen a través de esos empleado y que hay quienes se prestan a turbios manejos para solucionar los siniestros, afectando incluso la economía de sus propios centros laborales.
De ahí que la desconfianza de la sociedad en general para hacer uso de este tipo de instrumentos, se base más en actitudes de esa naturaleza en lugar de ver que en los beneficios que recibe al contratar cualquier tipo de seguro, le resuelve un problema que la puede dejar en la ruina.
Explicó que el contrato con una aseguradora es de mutualidad y si el documento en cuestión está debidamente requisitado, las compañías aseguradoras no deben esgrimir pretexto alguno para que se cumpla a cabalidad, cuando así se requiera, deben de cumplir con la responsabilidad que les compete, pero así como adquieren ese compromiso, también existe una obligación de los asegurados para que observen las políticas de atención y servicio que demandan.
Dijo que en muchas ocasiones no se liquida un siniestro por la carencia de uno o más requisitos que el asegurado no cumplió en tiempo y forma, destacando entre los más comunes que la persona causante de un accidente no estaba capacitada para conducir un automotor, carecía de licencia autorizada para manejar, de un permiso provisional para hacerlo, en el caso de los menores de edad o de que el responsable del percance se encuentre bajo el influjo de las bebidas embriagantes.
Recordó que ahora con la alternativa de adquirir un seguro automotriz vía internet, se han detectado casos de fraude de parte del interesado, en virtud de que recurre a ese bien intangible ya cuando ha causado un accidente y no cuenta con recursos para hacer frente a los gastos que ello implica, y al descubrirse la realidad de su petición, es lógico que se le niega el servicio y por ello refiere que "adquirir un seguro automotriz es un gasto innecesario, porque las compañías aseguradoras no sirven para nada".
Beneficios de un Seguro de Responsabilidad Civil y Daños a Terceros
La apreciación anterior sobre la inutilidad de cumplir con esa obligatoriedad, fue refutada por el asesor profesional de Seguros y Fianzas, Juan Delgado Rojas, quien explicó, a groso modo, que existen tres tipos de seguro automotriz.
El más importante de ellos, según su particular apreciación, es el seguro conocido como de "Cobertura Amplia", ya que cubre al cien por ciento el costo de un siniestro, incluye el robo del vehículo, los daños que ocasione a terceros, en sus bienes y en sus vidas, y a uno mismo, refiriéndose al automovilista.
También contempla el pago de los daños materiales ocasionados en el siniestro al estado, al municipio o a la nación, los necesarios gastos médicos de todas las víctimas, hasta su total recuperación e incluye un seguro de vida en caso de que fallezca el conductor autor del accidente.
Pero con la modificación que los legisladores hicieron a la Ley Federal del Trabajo, para proteger a las víctimas mortales e inocentes del percance, en la que se obliga al conductor responsable a indemnizar a los deudos hasta por una cantidad de tres millones de pesos, las compañías aseguradoras agregaron a ese seguro de cobertura amplia, un anexo denominado Responsabilidad Civil en Exceso (RCE).
Ese agregado fue por dos millones de pesos, en virtud de que la cobertura amplia estaba dotada de un millón de pesos para que el automovilista estuviera en condiciones de hacer frente al siniestro que causara y su patrimonio individual o familiar, no sufriera menoscabo alguno y el costo de ese tipo de seguros automotrices es de cinco a seis mil pesos anuales, que puede liquidarse en forma semestral o mensual y de esa forma su adquisición no representa un deterioro en la economía del automovilista.
En cambio, dijo, el seguro de cobertura limitada, denominado también de Responsabilidad Civil y Daños a Terceros, como su nombre lo indica sólo cubre la reparación del daño a la parte afectada y todos los gastos inherentes al accidente, pero el automovilista debe de responsabilizarse de sus sufragar sus propios gastos de reparación, pero queda exento de liquidar los gastos médicos que apareje el percance, y aun cuando se trata de un seguro limitado, también cubre el robo del automotor, su costo anual es de cuatro mil pesos y también se puede liquidar en forma semestral, trimestral o mensual.
Y por último, el tercer nivel de cobertura denominado Básico o de Responsabilidad Civil, que no contempla el robo del vehículo, los daños materiales del mismo en caso de siniestro, pero deja todas las coberturas a favor de terceros y este es el tipo de seguro automotriz que las autoridades exigirán a los automovilistas y su costo no va más allá de los tres mil pesos al año.
Pero esa obligatoriedad, de que todos los automovilistas cuenten con un seguro de responsabilidad civil y daños a terceros, data de al menos diez años, cuando en México, la entonces Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, solicitó que se legislara al respecto y se exigiera el cumplimiento de esa nueva ley en beneficio de choferes y peatones, su costo era de risa, 182 pesos al año y la apatía legislativa, echó por tierra esa propuesta que tenía como fin primordial reducir la incidencia de los accidentes automovilísticos.
Servicio de Transporte Público
Para conocer el sentir de al menos un dirigente del servicio público vehicular, recurrimos al líder de la agrupación de ruleteros Asociación para Taxistas de Aguascalientes (APTA), Juan Manuel Macías, quien refirió que si bien es cierto que en ese renglón se cuenta con un seguro automotriz interno, también han contratado un seguro vehicular de cobertura amplia hasta por cinco millones de pesos con una de las varias compañías aseguradoras de la entidad.
Con ambos seguros automotrices a su servicio, se tiene la garantía de satisfacer en tiempo y forma las exigencias que conlleva un siniestro en el que los taxistas de su agrupación se vean involucrados, tanto en las calles de la ciudad, como en las carreteras federales.
De esa forma, explicó, no se tiene excusa para eludir la responsabilidad que nos compete, tanto está asegurado nuestro chofer, como su pasaje y los daños que se causen a terceros, tanto en sus vidas, como en sus bienes y hasta la fecha hemos respondido como lo ha demandado la sociedad.
Mientras que el aspecto legal, que también cubre nuestro seguro interno llamado Mutualista, como el seguro externo contratado, se siguen los procesos penales de cada caso, siempre y cuando sea la consecuencia siguiente del percance en el que nuestros taxistas se vean inmiscuidos, ya sea como participante o autor del accidente, para que todo tenga una solución favorable, cubriendo de esa manera todos los renglones del siniestro, por muy grave que éste sea y sin menoscabo del magro patrimonio de nuestros agremiados, dijo el líder de los ruleteros de APTA.
(Continuará)
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