- La asociación civil “Padres de Familia en Favor de lo Mejor” condena esa ley
- Señalan que es antilaical y contraria a los fundamentos de nuestra Constitución
Aguascalientes, Ags., 3 de julio de 2015.- (aguzados.com).- Frente a las iniciativas presentadas a nivel nacional, así como en todos los estados de la República, denominadas Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, las cuales fueron promovidas por el Ejecutivo local y frente a su contenido general que suprime el derecho de los padres a educar a sus hijos en sus convicciones y creencias y asimismo por promover una doctrina llamada de género, de manera impositiva y dictatorial, la asociación civil Padres de Familia en Favor de lo Mejor, rechaza en forma tajante tales reformas a la Ley de Educación Pública en el país, afirmó su dirigente Edmundo Becerril Alba.
Señaló que esas iniciativas son contrarias a la formación ética, moral y religiosa de la mayoría de los padres de familia del país y por ello "hemos decidido manifestarnos para dar a conocer a las autoridades ejecutivas, legislativas y judiciales, que no estamos de acuerdo con ello y que condenamos todo ese movimiento por ser antilaico y contrario a los fundamentos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la que también han modificado a nuestras espaldas, violando los artículos 40 y 115", precisó.
Agregó que "no aceptamos nuevos paradigmas contrarias a la verdad y a la ciencia, exhortamos a los tres poderes a suprimir esa ideología, que también pretende destruir a la familia", dijo Becerril Alba.
Para ejemplificar su exposición, se remitió entonces a la Ley General de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, a nivel federal, que plante amitos contra la patria potestad, la libertad de conciencia de los niños y los adolescentes en todos los aspectos, aun cuando los pequeños están en su etapa de formación, añadió.
En esta parte de la conferencia de prensa que ofreció a los medios informativos en céntrico restaurante, mencionó que el artículo 10 de dicha ley en su párrafo segundo señala "…o bien relacionadas con aspectos de género, orientación o preferencia sexual y creencias religiosas…" y refiere que es en relación a la vulnerabilidad que puede darse con aspectos religiosos y prácticas culturales.
Sobre el particular Becerril Alba dijo que ahí se plantean aspectos de género, siendo que sólo existe el sexo masculino y femenino, el género no existe, aclaró, y por ello su planteamiento es anticientífico.
Explicó que esa le habla de orientación y preferencia sexual de niños y adolescentes, pero los mismos están en formación y no pueden tener preferencias sexuales, ni ejercen, ni pueden ejercer actividades sexuales.
Además, continuó, ataca las creencias religiosas y prácticas culturales, dando pie a forzadas y caprichosas interpretaciones de la burocracia que la aplique y así se desvirtúa la formación escolar de los niños y los jóvenes.
Por lo que respecta al artículo 13 de la citada ley, “consideramos que la fracción XIV es sumamente grave, porque expresa el derecho que tienen los niños y los jóvenes a la libertad de expresión y de acceso a la información, en virtud de que los escolares en sus primeros años no pueden tener una libertad irrestricta”, aseguró Becerril Alba.
Sobre todo, señaló, a la información en general que se genera en todos los medios, más ahora en las redes sociales, el internet y todos sus complementos, pues difunden pornografía, terrorismo, violencia sin límite y todo ello debe ser vigilado por los padres de familia.
Además los niños no pueden tener una libertad irrestricta para asociarse y reunirse, como lo indica la fracción XVI del artículo 13 de esa ley que se pretende imponer, pues pueden recibir informaciones desvirtuadas de la realidad, instrucciones desviadas a la convicción de los padres de familia, a quienes corresponde ver con quien o quienes se asocian y reúnen sus hijos, ya que en muchas ocasiones con esas amistadas negativas se inician en el camino de la delincuencia juvenil.
La fracción XVII de ese mismo artículo refiere que los niños, niñas y adolescentes deben tener "derecho a la intimidad", pero ese derecho debe estar vigilado siempre por los padres de familia para evitar que los niños sean pervertidos o desorientados.
Para concluir Becerril Alba se refirió a la fracción XX del mismo artículo 13 de la nueva ley, que menciona que los educandos deben tener derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, el que refutó afirmando que "este derecho en los niños NO debe existir SIN la supervisión y orientación permanente de los padres de familia, porque de lo contrario pueden ser víctimas de la maldad humana y aquí es donde comienzan los problemas que deriva en la desintegración familiar", remató.
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