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DENUNCIAN POR OCULTAMIENTO DE INFORMACIÓN PÚBLICA AL ALCALDE PABELLÓN DE ARTEAGA

 

 

  • La regidora Edith Hornedo Romo hizo la denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción del Estado
  • Los denunciados, además de Humberto Ambriz Delgadillo, incluye a regidores y síndico
  • En el paquete de la denuncia va el director de Finanzas, Carlos Alberto Quezada Sánchez

 

Aguascalientes, Ags, 15 de mayo de 2023.- (aguzados.com).- La regidora Edith Hornedo Romo solicitó la intervención de la Fiscalía Anticorrupción del Estado para que se decrete el inicio de una investigación para el esclarecimiento de los hechos que narró en su denuncia y en su caso demandó imponer las sanciones que en derecho correspondan.

Vale la pena recordar que los Municipios cuentan con una serie de obligaciones legales que se considera que fueron inexplicablemente violadas por los funcionarios públicos que se denuncian en el escrito presentado por la regidora, lo que ha dado origen a un ocultamiento de información pública no suministrada en tiempo y forma al Órgano Superior de Fiscalización

Lo anterior, expresó Hornedo Romo, supone la comisión de una figura típica delictiva en perjuicio de la sociedad de Pabellón de Arteaga, al haber omitido la entrega de información pública que por ley los funcionarios denunciados están obligados a presentar dentro de los plazos y tiempos que señalan las leyes de la materia.

Precisó que cada uno de los funcionarios denunciados cuenta a título particular y en términos de lo establecido por el artículo 3º de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, facultades y atribuciones expresas, las cuales están obligados a desempeñar, siguiendo el principio jurídico denominado “principio de legalidad” que implica que el poder público únicamente puede actuar en ejercicio de facultades expresas, facultades y atribuciones que omitieron realizar dejando a la Administración Pública Municipal en un estado de violación a la norma, ocultándole al Órgano Superior de Fiscalización información pública que estuvieron obligados por norma a entregar.

Evoca la regidora que el artículo 15 párrafo segundo de la Ley Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes establece textualmente lo siguiente:

Asimismo, los Poderes del Estado, los Municipios y los Organismos Autonómos rendirán al Congreso, a más tardar el día veinte de los meses de abril, julio y octubre del año en que se ejerza el presupuesto respectivo, el Informe de Avance de Gestión Financiera sobre los resultados físicos y financieros de los programas a su cargo en físico o digital, por los periodos correspondientes al primer, segundo y tercer trimestres respectivamente, del ejercicio fiscal en curso. Dicho informe será consolidado y remitido por cada uno de los titulares de los Poderes del Estado o por el Organismo Autónomo correspondiente. El titular del Poder Ejecutivo del Estado, podrá hacerlo a través de la Secretaría de Finanzas, y los Municipios por conducto de su Presidente Municipal.”

Explicó que a la fecha de interposición de la denuncia de hechos, a principios del mes de mayo del año 2023, ya se incumplió con el deber legal de presentar ante el Congreso del Estado de Aguascalientes a más tardar el día 20 de abril de este año, del informe de Avance de Gestión Financiera, correspondiente al primer trimestre del ejercicio fiscal 2023, que corresponde a los meses de enero, febrero y marzo del año en curso.

Edith Hornedo aseveró lo anterior en virtud de que el primer informe de avance de gestión financiera, en términos de lo establecido por el artículo 36 fracción XXXIII de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, debe ser sometida a consideración del Ayuntamiento, en su caso para su aprobación, y ser presentada por la Comisión de Hacienda, lo que evidentemente no sucedió, puesto que pasado ya el término legal que establece el artículo 15 fracción segunda de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes, no se presentó, provocando un incumplimiento de este Municipio por causas imputables a la Comisión de Hacienda integrada por los C. C. Juan Manuel Gloria Ruvalcaba, Francisco González González, Deyanira Escalera Velasco Ruby Isabel Carrillo Ruiz.

Abundó al citar que se incurre también en falta grave, posiblemente constitutiva de delito el C. Carlos Alberto Quezada Sánchez, al omitir proveer la información necesaria para la presentación de primer informe de avance de gestión financiera, puesto que dentro de las atribuciones legales que le otorga el artículo 121 de la Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes, incumple inexplicablemente en el cumplimiento oportuno de las fracciones VI, XV y XVII del citado artículo 121 pues corresponde al Director de Finanzas la administración de la hacienda municipal de conformidad con las leyes aplicables.

Para fundamentar su dicho, la regidora consignó que el tercer párrafo del artículo 15 de la Ley Superior de Fiscalización del Estado de Aguascalientes señala que:

“La omisión injustificada de la presentación de la Cuenta Pública en los plazos establecidos en este Artículo será causa de imposición de una medida de apremio en los términos de la presente Ley.”

Por lo que en efecto es una obligación legal de suma importancia para el ejercicio transparente de los recursos públicos, puesto que la fiscalización y la revisión de las cuentas públicas no es opcional, no queda al arbitrio de funcionario o persona alguna el decidir si se cumple o no con las obligaciones legales.

Todo lo anterior, explicó, se traduce en un evidente ocultamiento de la información pública municipal, donde se presumen malos manejos por parte del Director de Finanzas en ejercicio de facultades y atribuciones ya señaladas por el artículo 121 de la Ley Municipal, así como por los integrantes de la Comisión de Hacienda,  y del Presidente Municipal, quien incumplió en consecuencia con la porción normativa contenida en el párrafo segundo del artículo 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes, y como titular de la Administración Pública Municipal, sin que a la fecha se hayan ejecutado acciones tendientes a regularizar y entregar fuera de término el primer avance de gestión financiera.

También consideró que Incumplen los funcionarios denunciados con la ley al ocultar información, al evitar la transparencia en la fiscalización de los recursos públicos, al entorpecer sistemáticamente con los trabajos de fiscalización del Órgano Superior de Fiscalización, al no entregar en tiempo y forma con los requerimientos legales y propiciar un ambiente de opacidad al interior del Ayuntamiento, al no saber con precisión en que se gasta los recursos provenientes de los impuestos de los contribuyentes, lo que coloca la duda razonable de que con ese ocultamiento de información, se presta a suspicacias y a pensar en posibles desvíos de recursos, lo que también pido que se investigue a fondo y en su caso se sancione y se castigue a quien resulte responsable.

Por lo anterior acudió a dicho órgano autónomo para denunciar estas omisiones graves que colocan al Ayuntamiento de Pabellón de Arteaga en una posición de franca violación a la ley, derivado de los hechos aquí narrados, por lo que se solicita atentamente se sirva iniciar una investigación exhaustiva para que se obligue a la rendición eficaz y oportuna del ejercicio de los recursos públicos.

 

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