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Acuerdo de la SCJN sobre el presupuesto para la revocación de mandato no nos obliga a realizar acción alguna INE

  • INE debe ajustar su presupuesto para llevar a cabo la revocación de mandato determina ministro de la SCJN
  • Celebra AMLO que la Corte obligue al INE a realizar consulta de revocación de mandato en abril de 2022

Ciudad de México.- 15 de diciembre de 2021.- (aguzados.com).- El Instituto Nacional Electoral (INE) aclaró este miércoles que el acuerdo emitido ayer por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por el cual resolvió no otorgar al órgano electoral una suspensión con la que no tendría que hacer los ajustes necesarios a su presupuesto y cumplir con lo señalado en la Ley Federal de Revocación de Mandato, “no obliga al Instituto a realizar acción o tomar determinación alguna”.

Así lo manifestó el INE a través de un comunicado, en el que detalló que el acuerdo de la Corte señala que, al no haber aún certeza sobre la realización de la consulta de revocación de mandato, ésta “no puede pronunciarse sobre la suspensión de los efectos presupuestarios, porque todavía no existe afectación alguna al Instituto”.

“En caso de que la convocatoria para ese ejercicio se emita, podría modificarse o incluso revocarse lo determinado en dicho acuerdo de la SCJN”, explicó el INE sobre el acuerdo en el que el ministro instructor Juan Luis González Alcántara Carrancá negó la solicitud de suspensión.

El presidente Andrés Manuel López Obrador celebró esta mañana la determinación del ministro González Alcántara Carrancá.

“Primero decide, resuelve que se tiene que hacer la consulta para el día 10 de abril, es la revocación de mandato (…) Es un precedente histórico, independientemente del resultado, es dejar sentadas las bases para que sea una realidad la democracia participativa, que quede establecido de que el pueblo pone y el pueblo quita”, expresó el mandatario durante su conferencia matutina.

El acuerdo de la Corte, emitido el martes, dice que resulta improcedente la suspensión solicitada por el INE para no tener que hacer los ajustes a su presupuesto previstos en el artículo cuarto transitorio de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que determina que “el Instituto deberá garantizar la realización de la consulta (…), por lo que hará los ajustes presupuestales que fueren necesarios”.

“Es improcedente la suspensión respecto a que el Instituto Nacional Electoral no tenga que hacer ajustes a su presupuesto, como se prevé en el artículo cuarto transitorio del decreto por el cual se expidió la Ley Federal de Revocación de Mandato, así como que se exima al Instituto y a su personal de las sanciones administrativa, penales o de diversa índole a que hubiera lugar”, dice el acuerdo.

El pasado 12 de diciembre, el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, defendió la controversia constitucional que promovió el órgano electoral por el recorte a sus recursos en el

PEF 2022, al explicar que faltan 2 mil 300 millones de pesos para realizar una eventual consulta de revocación de mandato.

Detalló que el INE, tras los ajustes presupuestales que hizo para poder llevar a cabo un eventual proceso de revocación de mandato, cuenta con mil 503 millones de pesos, cuando este ejercicio requiere recursos por más de 3 mil 830 millones de pesos.

“El monto resulta insuficiente para llevar a cabo este proceso con las características y amplitud que se estipulan en la propia Ley federal de la materia que, entre otras cosas, exige instalar el mismo número de casillas de un proceso electoral federal, es decir, mas de 161 mil casillas”, explicó Córdova.

Y apuntó que “el boquete presupuestal que hoy enfrentamos para poder realizar adecuadamente este ejercicio es del orden de 2 mil 300 millones de pesos, que hoy son faltantes”.

“Ante la grave situación en la que el recorte presupuestal aplicado por la Cámara ha colocado al INE, decidimos promover una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que ésta determine cómo debe avanzar el instituto en la revocación de mandato, u ordene que se otorguen al INE los recursos requeridos para dicho proceso”.

 

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